Resolución
329/1997
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
22-oct-1997
Publicada en el Boletín Oficial del 05-nov-1997 Número: 28767 Página: 10
Resumen:
SUSPENDESE LA EXIGENCIA CONTENIDA EN EL ART. 55 DE LA LEY Nº 22.415 REFERIDA A LA OBLIGACION DE LLEVAR UN LIBRO RUBRICADO POR LA ADUANA DONDE EJERCIEREN SU ACTIVIDAD
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 24 DE LA RESOLUCION GENERAL 2570 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, B.O. 4/03/2009, PAGINA 30. VIGENCIA: VER ARTICULO 25 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.
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