Decreto 2192/2014
Modelo de Convenio de Donación. Aprobación.
Bs. As., 19/11/2014
VISTO el Expediente N° S01:0164702/2013 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y el Modelo de Convenio de Donación del
FONDO FIDUCIARIO PARA PROYECTOS DE DEFENSA DE LA CAPA DE OZONO
propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Convenio de Donación del FONDO FIDUCIARIO
PARA PROYECTOS DE DEFENSA DE LA CAPA DE OZONO, el BANCO INTERNACIONAL
DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) se compromete a otorgar a la
REPUBLICA ARGENTINA, una donación por un monto de hasta DOLARES
ESTADOUNIDENSES UN MILLON NOVECIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS DOCE (U$S
1.914.612) destinado al financiamiento del “Proyecto de Reducción de
Hidroclorofluorocarbonos (HCFC) bajo el Protocolo de Montreal”
(Donación N° TF014897).
Que el referido Proyecto tiene por objetivo apoyar a la REPUBLICA
ARGENTINA en la reducción de sustancias controladas que agotan la capa
de ozono en conformidad con las obligaciones del país en virtud del
Protocolo de Montreal.
Que a los efectos de llevar a cabo el Proyecto y de acuerdo al Convenio
de Donación propuesto, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
en representación de la REPUBLICA ARGENTINA, pondrá a disposición del
MINISTERIO DE INDUSTRIA los fondos de la donación.
Que las condiciones generales y demás cláusulas contenidas en el Modelo
de Convenio de Donación propuesto para ser suscripto, son las usuales
que se pactan en este tipo de operaciones y resultan adecuadas a los
propósitos y objetivos a los que está destinada la misma.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el
Artículo 40 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2005) y sus modificatorias.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el
Modelo de Convenio de Donación del FONDO FIDUCIARIO PARA PROYECTOS DE
DEFENSA DE LA CAPA DE OZONO para el “Proyecto de Reducción de
Hidroclorofluorocarbonos (HCFC) bajo el Protocolo de Montreal”
(Donación N° TF014897) a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el
BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) por un monto de
hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON NOVECIENTOS CATORCE MIL
SEISCIENTOS DOCE (U$S 1.914.612), que consta de SEIS (6) Artículos, DOS
(2) Anexos y UN (1) Apéndice, cuya copia autenticada en idioma inglés y
su traducción al idioma español forman parte integrante del presente
decreto como Anexo I. Asimismo, se adjuntan como Anexo II, copia
autenticada en idioma español de las “Condiciones Estándar para las
Donaciones que concede el Banco Mundial con cargo a diversos Fondos” de
fecha 15 de febrero de 2012 y como Anexo III se agregan copias
autenticadas en idioma español de las “Normas: Selección y Contratación
de Consultores con préstamos del BIRF, créditos de la AIF y donaciones
por prestatarios del Banco Mundial” y de las “Normas: Adquisiciones de
bienes, obras y servicios distintos a los de consultoría con préstamos
del BIRF, créditos de la AIF y donaciones por prestatarios del Banco
Mundial”, ambas de enero 2011.
Art. 2° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a suscribir en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Convenio correspondiente a
la donación conforme al Modelo aprobado en el Artículo 1° del presente
decreto; y a convenir y suscribir modificaciones al mismo, siempre que
no constituyan cambios sustanciales al destino y objeto de los fondos
de la donación ni modifiquen el procedimiento arbitral pactado.
Art. 3° — Desígnase al
MINISTERIO DE INDUSTRIA a través de la Unidad de Implementación del
Proyecto (UCP), como “Organismo Ejecutor” del Convenio de Donación del
FONDO FIDUCIARIO PARA PROYECTOS DE DEFENSA DE LA CAPA DE OZONO para el
“Proyecto de Reducción de Hidroclorofluorocarbonos (HCFC) bajo el
Protocolo de Montreal” (Donación N° TF014897), quedando facultado para
celebrar los actos y contratos necesarios para la correcta
implementación del citado Proyecto.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel
Kicillof. — Débora A. Giorgi.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexo I, Anexo II)