MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 205/2015
Bs. As., 1/4/2015
VISTO el Expediente N° S01:0265145/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por la
empresa SERVICIOS DE RADIO Y TELEVISIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE
CÓRDOBA SOCIEDAD ANÓNIMA, actuante en el área de la SECRETARÍA DE
POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, determinan que es
facultad del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la aprobación
de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2015 de la empresa SERVICIOS DE RADIO Y TELEVISIÓN DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA SOCIEDAD ANÓNIMA actuante en el área de
la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II adjuntos a la
presente resolución.
ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES
SEISCIENTOS MIL ($ 75.600.000) los ingresos de operación y fíjanse en
la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN
MIL ($ 141.531.000) los gastos de operación, y como consecuencia de
ello apruébase el Resultado Operativo (PÉRDIDA DE OPERACIÓN) estimado
en PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL ($
65.931.000) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
Anexo II adjunto a la presente resolución.
ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE
MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL ($ 189.531.000) los ingresos
corrientes y fíjanse en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS
MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL ($ 146.531.000) los gastos
corrientes y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico
(AHORRO) estimado en PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES ($ 43.000.000), de
acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto
a la presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CINCO MILLONES
CUATROCIENTOS MIL ($ 5.400.000) los ingresos de capital y fíjanse en la
suma de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000) los gastos de capital, y
como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico
establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el
Resultado Financiero (SUPERÁVIT) para el Ejercicio 2015 en PESOS
CUARENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 44.400.000), de acuerdo
con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la
presente resolución.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 10/04/2015 N° 24089/15 v. 10/04/2015
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)