MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 8304/2014

Bs. As., 21/11/2014

VISTO el Expediente N° E-82715-2014 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios, y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para los servicios de corte, estampado, confección y terminación de remeras de manga corta, que serán utilizadas por los socios de las cooperativas que trabajarán en el Programa de “Ingreso Social Con Trabajo”, solicitados por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, mediante Nota N° 553/2014.

Que, asimismo, la Dirección citada en el Considerando anterior, propone para la realización de los trabajos aludidos, a la COOPERATIVA DE TRABAJO RESURGIR LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución MDS N° 407 de fecha 04 de Febrero de 2008.

Que obra informe de estimación de precios por los servicios de corte, y estampado, confección y terminación de remeras de manga corta realizada por el Centro de Investigación y Desarrollo Textil del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), consignando el costo por mano de obra para el corte de cada remera que asciende a la suma de PESOS CINCO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 5,80.-); para el estampado de cada remera de manga corta asciende a la suma de PESOS VEINTISEIS ($ 26,00.-) y por la confección y terminación de cada remera de manga corta que asciende a la suma de PESOS VEINTICINCO CON VEINTE CENTAVOS ($ 25,20.-).

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Resolución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Nota N° 738/2014 - Letra DGA/DPS de fecha 11 de Julio de 2014, en virtud del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión mencionado precedentemente, solicitó se informe si los servicios de corte, confección, terminación y estampado de remeras, se encuentran incluidos dentro de los trabajos o servicios de industria.

Que obra Nota N° 3790/2014 - SCyMI de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de fecha 17 de Julio de 2014, informando al respecto que el Control de Precios Testigo no resulta aplicable a los servicios de corte, confección y terminación de remeras, ya que consisten en un trabajo o servicio de industria, en virtud de lo establecido en el artículo 3 inciso a) del Anexo I de la Resolución SIGEN N° 122/2010, en concordancia con la Cláusula Primera inciso a) del citado Convenio Marco.

Que mediante Nota N° 1151/2014, la Dirección de Patrimonio y Suministros, en virtud del Convenio antes mencionado, solicitó se informe el Valor Indicativo de Mercado para el servicio de estampado de remeras.

Que obra NOTA SIGEN N° 5944/2014 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, OT N° 1512/2014, informando el Valor Indicativo de Mercado para el renglón 2 en concordancia al punto II.b. del Anexo II de la Resolución SGN N° 122/2010, y lo estipulado en la Cláusula Primera, inciso a) del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión precitado.

Que, con fecha 31 de Octubre de 2014, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO RESURGIR LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo precedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 532/2014 estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 532/2014 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 532/2014 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación Directa N° 421/2014, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas y modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para los servicios de corte, estampado, confección y terminación de remeras de manga corta, que serán utilizadas por los socios de las cooperativas que trabajarán en el Programa de “Ingreso Social Con Trabajo”, solicitados por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 421/2014, conforme las pautas detalladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 421/2014 al efector social COOPERATIVA DE TRABAJO RESURGIR LIMITADA para el servicio de corte de siete mil (7.000) remeras de manga corta, hasta la suma de PESOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS ($ 40.600.-); por el servicio de estampado de siete mil (7.000) remeras de manga corta, hasta la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL ($ 182.000.-) y por el servicio de confección y terminación de cuatro mil (4.000) remeras de manga corta, hasta la suma de PESOS CIEN MIL OCHOCIENTOS ($ 100.800.-).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS ($ 323.400.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Ministerio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 22/05/2015 N° 69272/15 v. 22/05/2015

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexo-Parte1, Anexo-Parte2, Anexo-Parte3)