MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
Disposición 8304/2014
Bs. As., 21/11/2014
VISTO el Expediente N° E-82715-2014 del registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios, y lo
reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación
de un efector social para los servicios de corte, estampado, confección
y terminación de remeras de manga corta, que serán utilizadas por los
socios de las cooperativas que trabajarán en el Programa de “Ingreso
Social Con Trabajo”, solicitados por la Dirección Nacional de Promoción
de la Comercialización, mediante Nota N° 553/2014.
Que, asimismo, la Dirección citada en el Considerando anterior, propone
para la realización de los trabajos aludidos, a la COOPERATIVA DE
TRABAJO RESURGIR LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de
Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por
Resolución MDS N° 407 de fecha 04 de Febrero de 2008.
Que obra informe de estimación de precios por los servicios de corte, y
estampado, confección y terminación de remeras de manga corta realizada
por el Centro de Investigación y Desarrollo Textil del INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), consignando el costo por mano
de obra para el corte de cada remera que asciende a la suma de PESOS
CINCO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 5,80.-); para el estampado de cada remera
de manga corta asciende a la suma de PESOS VEINTISEIS ($ 26,00.-) y por
la confección y terminación de cada remera de manga corta que asciende
a la suma de PESOS VEINTICINCO CON VEINTE CENTAVOS ($ 25,20.-).
Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado
entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN, protocolizado según Resolución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de
Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según
Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Nota N° 738/2014
- Letra DGA/DPS de fecha 11 de Julio de 2014, en virtud del Convenio
Marco de Fortalecimiento de la Gestión mencionado precedentemente,
solicitó se informe si los servicios de corte, confección, terminación
y estampado de remeras, se encuentran incluidos dentro de los trabajos
o servicios de industria.
Que obra Nota N° 3790/2014 - SCyMI de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION de fecha 17 de Julio de 2014, informando al respecto que el
Control de Precios Testigo no resulta aplicable a los servicios de
corte, confección y terminación de remeras, ya que consisten en un
trabajo o servicio de industria, en virtud de lo establecido en el
artículo 3 inciso a) del Anexo I de la Resolución SIGEN N° 122/2010, en
concordancia con la Cláusula Primera inciso a) del citado Convenio
Marco.
Que mediante Nota N° 1151/2014, la Dirección de Patrimonio y
Suministros, en virtud del Convenio antes mencionado, solicitó se
informe el Valor Indicativo de Mercado para el servicio de estampado de
remeras.
Que obra NOTA SIGEN N° 5944/2014 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACIÓN, OT N° 1512/2014, informando el Valor Indicativo de Mercado
para el renglón 2 en concordancia al punto II.b. del Anexo II de la
Resolución SGN N° 122/2010, y lo estipulado en la Cláusula Primera,
inciso a) del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión precitado.
Que, con fecha 31 de Octubre de 2014, se procedió al acto de apertura
del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO RESURGIR LIMITADA.
Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo
expuesto en el párrafo precedente y de la documentación obrante en el
expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 532/2014
estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 532/2014 a los fines de
su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo
al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de
difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su
Disposición ONC N° 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 y conforme lo
reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de
Septiembre de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se
formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 532/2014
precitado.
Que atento la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación
Directa N° 421/2014, enmarcada en las previsiones del artículo 25,
inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios,
reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N°
893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por
el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la
aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en
virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas y
modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y
su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N°
357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución
MDS N° 574/2010.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada
en los alcances del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N°
1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146
del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr
la contratación de un efector social para los servicios de corte,
estampado, confección y terminación de remeras de manga corta, que
serán utilizadas por los socios de las cooperativas que trabajarán en
el Programa de “Ingreso Social Con Trabajo”, solicitados por la
Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares,
elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de
acuerdo con la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización,
para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra
la presente como Anexo.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 421/2014, conforme
las pautas detalladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 421/2014 al
efector social COOPERATIVA DE TRABAJO RESURGIR LIMITADA para el
servicio de corte de siete mil (7.000) remeras de manga corta, hasta la
suma de PESOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS ($ 40.600.-); por el servicio de
estampado de siete mil (7.000) remeras de manga corta, hasta la suma de
PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL ($ 182.000.-) y por el servicio de
confección y terminación de cuatro mil (4.000) remeras de manga corta,
hasta la suma de PESOS CIEN MIL OCHOCIENTOS ($ 100.800.-).
ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de
PESOS TRESCIENTOS VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS ($ 323.400.-), con cargo
a los créditos del presupuesto de este Ministerio para los ejercicios
que correspondan.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI,
Directora General de Administración, Ministerio de Desarrollo Social.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 22/05/2015 N° 69272/15 v. 22/05/2015
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexo-Parte1, Anexo-Parte2, Anexo-Parte3)