MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 183/2015
Bs. As., 27/03/2015
VISTO el Expediente N° S01:0232960/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por la
EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANÓNIMA - ARSAT
actuante en la órbita de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES del MINISTERIO
DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de
Ia SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que el Artículo 49 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus
modificaciones y el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por
el cual se aprueba el Reglamento de la mencionada ley, determinan que
es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS la
aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2015 de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES
SOCIEDAD ANÓNIMA - ARSAT actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE
COMUNICACIONES del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y
II, adjuntos a la presente resolución, respectivamente.
ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS OCHOCIENTOS UN MILLONES
TRESCIENTOS MIL ($ 801.300.000) los ingresos de operación y fíjanse en
la suma de PESOS OCHOCIENTOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y
CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS ($ 807.845.422) los gastos de
operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo
(PÉRDIDA DE OPERACIÓN) estimado en PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS
CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS ($ 6.545.422), de acuerdo
al detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la
presente resolución.
ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y
CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 845.450.000) los ingresos
corrientes y fíjanse en la suma de PESOS OCHOCIENTOS DIECINUEVE
MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO ($
819.251.998) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS VEINTISÉIS
MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL DOS ($ 26.198.002), de acuerdo con
el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la
presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CUATRO MIL CIENTO CUARENTA
Y SIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y
CUATRO ($ 4.147.786.884) los ingresos de capital y fíjanse en la suma
de PESOS CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS
NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 4.149.895.852) los
gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el
Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente
resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERÁVIT) para el
Ejercicio 2015 en PESOS VEINTICUATRO MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL
TREINTA Y TRES ($ 24.089.033), de acuerdo con el detalle que figura en
las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 10/09/2015 N° 143866/15 v. 10/09/2015
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)