MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

Resolución 122/2016

Bs. As., 06/04/2016

VISTO el Expediente N° S01:0272068/2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2016 formulado por NACIÓN BURSÁTIL SOCIEDAD DE BOLSA SOCIEDAD ANÓNIMA, actuante en el área del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2016 de NACIÓN BURSÁTIL SOCIEDAD DE BOLSA SOCIEDAD ANÓNIMA actuante en el área del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente resolución, respectivamente.

ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 24.247.694) los ingresos de operación y fijanse en la suma de PESOS VEINTIDÓS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE ($ 22.296.529) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACIÓN) estimado en PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y CINCO ($ 1.951.165), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS ($ 24.417.932) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 24.086.846) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHENTA Y SEIS ($ 331.086), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL TREINTA Y SEIS ($ 263.036) los recursos de capital y fíjanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERÁVIT) para el Ejercicio 2016 en PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTIDÓS ($ 294.122), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALFONSO PRAT-GAY, Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 19/04/2016 N° 23606/16 v. 19/04/2016

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)