MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 432 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2016
VISTO el Expediente N° S02:0101818/2016, del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, dependiente de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE
interviene en la elaboración, ejecución y control de las políticas y
planes referidos al transporte fluvial y marítimo.
El proyecto “AMPLIACIÓN DEL MUELLE COMERCIAL DEL PUERTO DE USHUAIA -
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR”
responde a uno de los ejes estratégicos de la gestión del actual
gobierno provincial que consiste en potenciar la actividad turística en
la Provincia.
Que es objetivo del ESTADO NACIONAL potenciar todos los modos de
transporte y el fluvio - marítimo es una herramienta clave para
fomentar el desarrollo económico y mejorar la conectividad del país.
Que en el muelle comercial del Puerto de Ushuaia operan tanto cruceros turísticos como buques cargueros y portacontenedores.
Que el muelle actual, diseñado para la operación de buques de hasta 200
metros de eslora, se encuentra técnicamente imposibilitado para atender
a las nuevas embarcaciones, que cada vez tienen mayor tamaño.
Que la industria mundial de los cruceros turísticos registra un
crecimiento sostenido sustentado en la reducción de costos mediante la
utilización de naves cada vez mayores, que están haciendo accesible
esta nueva forma de hacer turismo a un segmento de personas cada vez
más numeroso.
Que las rutas de Sudamérica han sido un reflejo del crecimiento de esta
industria a nivel mundial, siendo necesario desarrollar la
infraestructura portuaria que permita satisfacer los requerimientos de
estas nuevas naves y brindar servicios que demandan importante cantidad
de mano de obra.
Que ampliar el puerto de USHUAIA construyendo a continuación del Sector
3 del Muelle Comercial un nuevo Sector de 252 metros de largo, no sólo
permitirá el atraque de los grandes cruceros, sino que también
implicará una reducción del tiempo de espera para todos los buques con
la consecuente mejora en la competitividad del puerto.
Que la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, en su calidad de
Área Técnica específica, ha elaborado la documentación licitatoria
correspondiente a la obra “AMPLIACIÓN DEL MUELLE COMERCIAL DEL PUERTO
DE USHUAIA - PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL
ATLÁNTICO SUR” bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas N° 13.064,
con un Presupuesto Oficial de PESOS CUATROCIENTOS OCHO MILLONES DOS MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 408.002.999) IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
(IVA) INCLUIDO.
Que la licitación se regirá por el régimen previsto en la Ley de Obras
Públicas N° 13.064, por el sistema de Ajuste Alzado y Unidad de Medida,
de conformidad con la citada norma legal.
Que por lo expuesto corresponde encomendar a la DIRECCIÓN DE
COOPERACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA DE OBRAS PÚBLICAS DE TRANSPORTE
dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, determinar la fecha, hora y lugar de las presentaciones y
apertura de las ofertas, así como todos los trámites necesarios para
llevar a cabo el procedimiento licitatorio.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARÍA DE
CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS ha propuesto a los integrantes de la
Comisión Evaluadora de ofertas que actuará específicamente en éste
procedimiento de selección de contratista correspondiendo, en
consecuencia, proceder a la designación de sus integrantes.
Que la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES llevará a cabo las
acciones relacionadas con la evacuación de consultas previas a la
apertura de la licitación, la emisión de circulares y la dirección de
obra.
Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será
imputado a las partidas presupuestarias correspondientes a los
ejercicios Financieros 2017 y siguientes, de la forma que a
continuación se detalla: Jurisdicción 57, Programa 91, Subprograma 0,
Proyecto 20, Obra 51, Partida 4.2.2, Fuente de Financiamiento 11,
Ubicación Geográfica 94, Moneda 1, SAF 327.
Que la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención correspondiente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVO del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emanadas de la
Ley N° 13.064, el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y el
Decreto N° 375 de fecha 18 de febrero de 2016.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el
Pliego de Cláusulas Particulares, la Memoria Descriptiva, los pliegos
de Especificaciones Técnicas Generales y de Especificaciones Técnicas
Particulares, Planos y demás documentación licitatoria que como ANEXOS
(PLIEG-2016-03077846-APN-MTR; GDE PLIEG-2016-03078063-APN-MTR; GDE
IF-2016-03078307-APN-MTR y PLANO-2016-03079102-APN-MTR) forman parte
integrante de la presente resolución, para el procedimiento de
selección relativo a la obra “AMPLIACIÓN DEL MUELLE COMERCIAL DEL
PUERTO DE USHUAIA - PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR”.
ARTÍCULO 2° — Autorizar a la Dirección de Cooperación Técnica y
Administrativa de Obras Públicas de Transporte a realizar el llamado a
Licitación Pública Nacional de la obra “AMPLIACIÓN DEL MUELLE COMERCIAL
DEL PUERTO DE USHUAIA - PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E
ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR” ubicado en la Provincia de TIERRA DEL FUEGO,
ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, bajo el régimen de la Ley de Obras
Públicas N° 13.064, por el sistema de Ajuste Alzado y Unidad de Medida.
ARTÍCULO 3° — Apruébase el Presupuesto Oficial de PESOS CUATROCIENTOS
OCHO MILLONES DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 408.002.999)
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) INCLUIDO, para la ejecución de la obra
descripta en el artículo 1° de la presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Los Pliegos de Bases y Condiciones podrán ser consultados
y obtenidos en forma gratuita de acuerdo a lo que disponga en la
respectiva convocatoria la DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA DE OBRAS PÚBLICAS DE TRANSPORTE dependiente de la
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 5° — Encomiéndase a la DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA DE OBRAS PÚBLICAS DE TRANSPORTE dependiente de la
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, determinar la
fecha, hora y lugar de las presentaciones y apertura de las ofertas,
así como todos los trámites necesarios para llevar a cabo el
procedimiento licitatorio.
ARTÍCULO 6° — Confórmase la Comisión de Evaluación de Ofertas que
actuará en la presente licitación, la que será integrada por el
Ingeniero Juan Granada (DNI N° 14.274.004), la Contadora María Soledad
LAFITTE (D.N.I. N° 25.557.779) y el Doctor Mauro Daniel STAGNANI
(D.N.I. N° 29.664.289) como miembros titulares, y por el Arquitecto
Federico Eduardo GIACHETTI (D.N.I. N° 13.465.161), el Dr. Pedro José
SACON (D.N.I. N° 33.018.119) y la Contadora Verónica Lorena RETAMAL
(D.N.I. N° 24.406.552) como miembros suplentes.
ARTÍCULO 7° — Encomiéndase a la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS
NAVEGABLES dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, en su calidad de Área Técnica específica, las
acciones relacionadas con la evacuación de consultas previas a la
apertura de la licitación, la emisión de circulares, con y sin
consulta, y la dirección de obra.
ARTÍCULO 8° — Impútese el gasto que demande el cumplimiento de la
presente medida, a las partidas presupuestarias correspondientes al
Ejercicio Financiero 2017 y siguientes, de la forma que a continuación
se detalla: Jurisdicción 57, Programa 91, Subprograma 0, Proyecto 20,
Obra 51, Partida 4.2.2, Fuente de Financiamiento 11, Ubicación
Geográfica 94, Moneda 1, SAF 327.
ARTÍCULO 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — GUILLERMO JAVIER DIETRICH, Ministro,
Ministerio de Transporte.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 10/11/2016 N° 85381/16 v. 10/11/2016
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexo-Parte1, Anexo-Parte2, Anexo-Parte3, Anexo-Parte4)