MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Disposición 77-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2017

VISTO el Expediente Nº 1.763.090/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 20.744, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 194/195 del expediente referenciado, obra el Acuerdo concertado entre el SINDICATO FEDERACIÓN GRAFICA BONAERENSE por el sector de los trabajadores y la empresa LUIS Y MIGUEL ZANNIELLO S.A. por el sector empleador, en el marco del Procedimiento Preventivo de Crisis de Empresas de la Ley N° 24.013, capitulo IV y de conformidad con lo normado por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), por el cual se solicita su homologación.

Que las partes acordaron mediante el acuerdo en análisis un plan de adecuación a fin de garantizar la continuidad y estabilidad del funcionamiento de la planta y las relaciones laborales afectadas por la situación de crisis expuesta, y demás términos y condiciones allí suscriptas.

Qué asimismo, acompañan a fojas 193 la nómina de trabajadores que han aceptado la propuesta empresaria.

Que vale señalar que, el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta la empresa firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la compulsa de los actuados, ambas partes han demostrado su personería y facultades para negociar colectivamente.

Qué ello asi, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), Ley N° 20.744 y N° 24.013.

Que por los motivos expuestos, resulta procedente acceder a la homologación del presente Acuerdo marco de carácter colectivo, haciendo saber a las partes que el dictado de la presente medida, no afectalos derecho individuales del personal involucrado, de conformidad con la Ley N° 20.744 (t.o.1976) y demás normas reglamentarias.

Que en tal virtud, vale indicar que, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.

Que se ha emitido Dictamen técnico legal en los términos de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991).

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 53/2015.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Declárense homologados el Acuerdo y nómina del personal suscriptos entre la firma LUIS Y MIGUEL ZANNIELLO S.A. y el SINDICATO FEDERACIÓN GRAFICA BONAERENSE, obrantes a 194/195 y 193 respectivamente, del Expediente N° 1.763.090/17.

ARTÍCULO 2º.- Gírense la presente Disposición a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que registre los instrumentos obrantes a fojas obrantes a 194/195 y 193, respectivamente del Expediente N° 1.763.090/17.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 5°.- Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 11/09/2017 N° 66857/17 v. 11/09/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)