SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Disposición 77-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2017
VISTO el Expediente Nº 1.763.090/17 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250
(t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley
N° 20.744, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 194/195 del expediente referenciado, obra el Acuerdo
concertado entre el SINDICATO FEDERACIÓN GRAFICA BONAERENSE por el
sector de los trabajadores y la empresa LUIS Y MIGUEL ZANNIELLO S.A.
por el sector empleador, en el marco del Procedimiento Preventivo de
Crisis de Empresas de la Ley N° 24.013, capitulo IV y de conformidad
con lo normado por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), por el cual se
solicita su homologación.
Que las partes acordaron mediante el acuerdo en análisis un plan de
adecuación a fin de garantizar la continuidad y estabilidad del
funcionamiento de la planta y las relaciones laborales afectadas por la
situación de crisis expuesta, y demás términos y condiciones allí
suscriptas.
Qué asimismo, acompañan a fojas 193 la nómina de trabajadores que han aceptado la propuesta empresaria.
Que vale señalar que, el ámbito de aplicación del presente se
circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que
ostenta la empresa firmante y la entidad sindical signataria, emergente
de su personería gremial.
Que de la compulsa de los actuados, ambas partes han demostrado su personería y facultades para negociar colectivamente.
Qué ello asi, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), Ley N° 20.744 y N° 24.013.
Que por los motivos expuestos, resulta procedente acceder a la
homologación del presente Acuerdo marco de carácter colectivo, haciendo
saber a las partes que el dictado de la presente medida, no afectalos
derecho individuales del personal involucrado, de conformidad con la
Ley N° 20.744 (t.o.1976) y demás normas reglamentarias.
Que en tal virtud, vale indicar que, deberá hacérsele saber que de
requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el
marco del artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los
trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá
tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.
Que se ha emitido Dictamen técnico legal en los términos de la Ley
Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y Decreto N°
1759/72 (t.o. 1991).
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
53/2015.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Declárense homologados el Acuerdo y nómina del personal
suscriptos entre la firma LUIS Y MIGUEL ZANNIELLO S.A. y el SINDICATO
FEDERACIÓN GRAFICA BONAERENSE, obrantes a 194/195 y 193
respectivamente, del Expediente N° 1.763.090/17.
ARTÍCULO 2º.- Gírense la presente Disposición a la Dirección General de
Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección de Negociación
Colectiva a fin que registre los instrumentos obrantes a fojas obrantes
a 194/195 y 193, respectivamente del Expediente N° 1.763.090/17.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5°
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5°.- Establécese que la homologación del acuerdo marco
colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución,
lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores
comprendidos por el mismo.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 11/09/2017 N° 66857/17 v. 11/09/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)