MINISTERIO DE HACIENDA
Resolución 581-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2017
VISTO el EX-2016-03859795-APN-DNPEIU#ME, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2017 formulado por RADIO
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL SOCIEDAD ANÓNIMA, actuante en el área
del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Capítulo III del Título II, el Régimen presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la OFICINA
NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
de la SECRETARÍA DE HACIENDA de este Ministerio sobre la medida
propiciada.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la Ley N° 24.156 y en su Decreto Reglamentario Nº
1.344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio
2017 de RADIO UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL SOCIEDAD ANÓNIMA
actuante en el área del MINISTERIO DE EDUCACIÓN de acuerdo al detalle
que figura en los Anexos I (IF-2016-05303353-APN-SSP#MH) y II
(IF-2016-05303354-APN- SSP#MH), que integran esta resolución.
ARTÍCULO 2º.- Estimar en la suma de VEINTICINCO MILLONES CIENTO
CUARENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS ($ 25.140.368) los
ingresos de operación y fijar en la suma de TREINTA MILLONES
SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHO PESOS ($ 30.661.908) los
gastos de operación, y como consecuencia de ello, aprobar el Resultado
Operativo (PÉRDIDA DE OPERACIÓN) estimado en CINCO MILLONES QUINIENTOS
VEINTIÚN MIL QUINIENTOS CUARENTA PESOS ($ 5.521.540), de acuerdo al
detalle que figura en las Planillas del Anexo II
(IF-2016-05303354-APN-SSP#MH).
ARTÍCULO 3º.- Estimar en la suma de TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS
QUINCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS ($ 31.315.368) los ingresos
corrientes y fijar en la suma de TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS DIEZ
MIL SEISCIENTOS VEINTE PESOS ($ 31.310.620) los gastos corrientes, y
como consecuencia de ello, aprobar el Resultado Económico (AHORRO)
estimado en CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS ($ 4.748), de
acuerdo con el detalle que figura en las Planillas del Anexo II
(IF-2016-05303354-APN-SSP#MH).
ARTÍCULO 4º.- Estimar en la suma de UN MILLÓN CUATROCIENTOS VEINTISIETE
MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($ 1.427.657) los ingresos de
capital y fijar en la suma de UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCO MIL PESOS
($ 1.405.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de
la presente resolución, estimar el Resultado Financiero (SUPERÁVIT)
para el ejercicio 2017 en VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS CINCO PESOS ($
27.405), de acuerdo con el detalle que figura en las Planillas del
Anexo II (IF-2016-05303354-APN- SSP#MH).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Nicolas Dujovne.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 01/11/2017 N° 83143/17 v. 01/11/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)