MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 1201-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2017
VISTO el Expediente Nº S02:00135922/2013 del Registro del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el Visto, la empresa BELGRANO CARGAS
Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, mediante la Nota B.C. y L. N° 143 de
fecha 30 de octubre de 2013, manifestó la necesidad de reactivar el
tramo BANDERA, Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO (progresiva km 399,7) –
TOSTADO, Provincia de SANTA FE (progresiva km 337,487), Ramal C, Tramo
II de la Línea GENERAL BELGRANO.
Que por la Nota B.C. y L. N° 316 de fecha 17 de septiembre de 2014, la
citada empresa, solicitó por cuestiones de índole operativas, extender
el tramo e incorporar hasta la estación EL TOBIANO, Provincia de
SANTIAGO DEL ESTERO (progresiva km 407,700).
Que por la Nota B.C. y L. N° 415 de fecha 19 de noviembre de 2014, la
empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, ratifica las
presentaciones citadas anteriormente, tendientes a formalizar la
asignación de los referidos tramos.
Que la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA funda su
requerimiento en lo dispuesto por el artículo 13 del Decreto N° 566 de
fecha 21 de mayo de 2013, y agrega que la medida redundará en una
ampliación de los ingresos derivados del incremento en el tonelaje
mensual de la carga.
Que han tomado intervención la ADMINISTACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS
FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, la GERENCIA DE CONTROL DE GESTIÓN
FERROVIARIA de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE y la
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO dependiente de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, sin formular
objeciones al requerimiento realizado por la empresa BELGRANO CARGAS Y
LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que en consecuencia, corresponde asignar a la empresa BELGRANO CARGAS Y
LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA el tramo comprendido entre las estaciones
TOSTADO, Provincia de SANTA FE (progresiva km 337,487) y EL TOBIANO,
Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO (progresiva km 407,700), incluyendo
las estaciones emplazadas en dicho tramo, del Ramal C perteneciente al
sector del sistema ferroviario nacional integrado por la Línea GENERAL
BELGRANO, individualizado en el plano que integra la presente
resolución como ANEXO.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
los Decretos N° 566 de fecha 21 de mayo de 2013 y N° 13 de fecha 10 de
diciembre de 2015.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asígnase a la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA
SOCIEDAD ANÓNIMA el tramo comprendido entre las estaciones TOSTADO,
Provincia de SANTA FE (progresiva km 337,487), y EL TOBIANO, Provincia
de SANTIAGO DEL ESTERO (progresiva km 407,700), incluyendo las
estaciones emplazadas en dicho tramo, del Ramal C perteneciente al
sector del sistema ferroviario nacional integrado por la Línea GENERAL
BELGRANO, individualizado en el plano que integra la presente
resolución como ANEXO (IF-2017-28223932-APN-MTR).
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese la presente medida a la empresa BELGRANO
CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, a la ADMINISTRACIÓN DE
INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y a la COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Guillermo Javier Dietrich.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 17/11/2017 N° 89226/17 v. 17/11/2017
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)