MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Disposición 173-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2017
VISTO el Expediente Nº 1732679/2016 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 105/109 del Expediente N° 1732679/2016, luce el acuerdo
celebrado entre el SINDICATO PETROLERO Y GAS PRIVADO DE SANTA CRUZ, el
SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DE LA
PATAGONIA AUSTRAL y las empresas SAN ANTONIO INTERNACIONAL S.A. y
SERVICIOS ESPECIALES SAN ANTONIO, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a fojas 112/116 del Expediente N° 1732679/2016, luce el acuerdo
celebrado entre el SINDICATO PETROLERO Y GAS PRIVADO DE SANTA CRUZ, el
SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DE LA
PATAGONIA AUSTRAL y las empresas SAN ANTONIO INTERNACIONAL S.A. y
SERVICIOS ESPECIALES SAN ANTONIO, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo los mentados acuerdos las partes establecen diversos esquemas
de trabajo y reubicaciones de personal, conforme los términos y
condiciones allí establecidas.
Que las partes han acreditado su personería y facultades para negociar
colectivamente, con las constancias obrantes en autos y las que constan
por ante esta Cartera de Estado.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la
actividad principal del sector empresario signatario y la
representatividad de las entidades sindicales firmantes, emergente de
su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que obra en autos el correspondiente dictamen legal, de conformidad con lo normado por el artículo 7° de la Ley 19.549.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para disponer en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETRARIA DE RELACIONES LABORALES
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO PETROLERO Y GAS PRIVADO DE SANTA CRUZ, el SINDICATO DEL
PERSONAL JERARQUICO DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DE LA PATAGONIA AUSTRAL
y las empresas SAN ANTONIO INTERNACIONAL S.A. y SERVICIOS ESPECIALES
SAN ANTONIO, obrante a fojas 105/109 del Expediente de Referencia,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO PETROLERO Y GAS PRIVADO DE SANTA CRUZ, el SINDICATO DEL
PERSONAL JERARQUICO DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DE LA PATAGONIA AUSTRAL
y las empresas SAN ANTONIO INTERNACIONAL S.A. y SERVICIOS ESPECIALES
SAN ANTONIO, obrante a fojas 112/116 del Expediente de Referencia,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 3°.- Gírese la presente Disposición a la Dirección General de
Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva
a fin que el Departamento Coordinación registre los Acuerdos obrantes a
fojas 105/109 y 112/116 del Expediente N° 1732679/2016.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a las partes signatarias y procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito de los Acuerdos y de esta Disposición, las partes
deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la
Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 25/01/2018 N° 4005/18 v. 25/01/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)