MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Disposición 174-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2017

VISTO el Expediente Nº 1732679/2016 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 96/101 del Expediente N° 1732679/2016, luce el Acuerdo y Anexos I y II celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE LA PATAGONIA AUSTRAL y la empresa SAN ANTONIO INTERNACIONAL S.A., conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 21/26 del Expediente N° 1750522/2017 agregado al principal a fojas 85, luce el Acuerdo y Anexos I y II celebrado entre el SINDICATO DE PETROLEO Y GAS PRIVADO DE CHUBUT y la empresa SAN ANTONIO INTERNACIONAL S.A., conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo los mentados acuerdos las partes establecen diversos esquemas de trabajo y reubicaciones de personal, conforme los términos y condiciones allí establecidas.

Que las partes han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente, con las constancias obrantes en autos y las que constan por ante esta Cartera de Estado.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal del sector empresario signatario y la representatividad de las entidades sindicales firmantes, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que obra en autos el correspondiente dictamen legal, de conformidad con lo normado por el artículo 7° de la Ley 19.549.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para disponer en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETRARIA DE RELACIONES LABORALES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Declárese homologado el Acuerdo y Anexos I y II celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE LA PATAGONIA AUSTRAL y la empresa SAN ANTONIO INTERNACIONAL S.A., obrante a fojas 96/101 del Expediente de Referencia, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Declárese homologado el Acuerdo y Anexos I y II celebrado entre el SINDICATO DE PETROLEO Y GAS PRIVADO DE CHUBUT y la empresa SAN ANTONIO INTERNACIONAL S.A, obrante a fojas 21/26 del Expediente N° 1750522/2017 agregado al principal a fojas 85, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 3°.- Gírese la presente Disposición a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 96/101 del Expediente N° 1732679/2016 y el Acuerdo obrante a fojas 21/26 del Expediente N° 1750522/2017 agregado al principal a fojas 85.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a las partes signatarias y procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 25/01/2018 N° 4008/18 v. 25/01/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)