MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución 1188/2018
RESOL-2018-1188-APN-MECCYT
Ciudad de Buenos Aires, 09/11/2018
VISTO la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 (LEN), la Declaración de
Purmamarca del 12 de febrero de 2016 del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN,
las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN N° 68/97 y N°
330/2017, el Expediente N° EXP-2018-41859039-SECIYCE#ME, y
CONSIDERANDO:
Que conforme la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, la educación es
una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para
construir una sociedad justa y profundizar el ejercicio de la
ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y fortalecer el
desarrollo económico y social de la Nación, entre otros.
Que conforme al artículo 85 inciso f), de la mencionada Ley de
Educación Nacional: “se dotará a todas las escuelas de los recursos
materiales necesarios para garantizar una educación de calidad, tales
como la infraestructura, los equipamientos científicos y tecnológicos,
de educación física y deportiva, bibliotecas y otros materiales
pedagógicos, priorizando aquéllas que atienden a alumnos/as en
situaciones sociales más desfavorecidas, conforme a lo establecido en
los artículos 79 a 83 de la mencionada ley”.
Que conforme los compromisos asumidos por el CONSEJO FEDERAL DE
EDUCACIÓN en la Declaración de Purmamarca el 12 de febrero de 2016, y
el Plan Estratégico Nacional “Argentina Enseña y Aprende” (Resolución
CFE Nº 285/16), el entonces Ministerio de Educación de la Nación junto
a los Ministerios de Educación de las provincias y CABA, a través de la
Red Federal para la Mejora de los Aprendizajes, se acordó - la
necesidad de transitar hacia una nueva organización de las escuelas del
país, que contribuya a mejorar los aprendizajes y lograr trayectorias
escolares continuas, inclusivas y de calidad para todos/as los/las
estudiantes.
Que la Resolución CFE N° 330/2017 –”Secundaria Federal 2030”, aprobó
los documentos “Marco de Organización de los Aprendizajes para la
Educación Obligatoria Argentina” (MOA), y “Criterios para la
elaboración de los Planes Estratégicos Jurisdiccionales del Nivel
Secundario”.
Que Secundaria Federal 2030 es una política de implementación federal
para transformar la escuela secundaria que pone el foco en la
organización de la misma y sus principales objetivos son erradicar el
fracaso escolar, incrementar la permanencia de los estudiantes en la
escuela y vincular al nivel secundario con el mundo universitario y
laboral.
Que en esta línea de ideas los procesos de renovación pedagógica e
institucional requieren repensar el uso y la disposición de los
espacios escolares existentes y redefinir los criterios para su
construcción.
Que el documento “Criterios y Normativa Básica de Arquitectura
Escolar”, aprobado por Resolución CFE N° 68/97 fija los lineamientos
para el diseño, la construcción, el mantenimiento, el equipamiento, de
los espacios educativos y las condiciones técnicas necesarias para el
adecuado desarrollo de la tarea educativa.
Que el MOA ya citado, propone la configuración de espacios versátiles y
adaptables en las nuevas construcciones escolares, que contribuyan a
crear las condiciones de inspiración, que apoyarán el aprendizaje
integrado, la innovación y creatividad, la motivación y curiosidad por
nuevos conocimientos, el intercambio, la comunicación y la interacción
entre los miembros de la comunidad educativa y su entorno
Que de acuerdo a lo precitado y a los avances en infraestructura,
equipamiento, tecnología y arquitectura escolar resulta necesaria una
actualización y complementación de lo ya existente en los criterios de
infraestructura y equipamiento escolar contemplando otros conceptos que
respetan las condiciones de confort y habitabilidad indispensables y
que aseguren el desarrollo de la tarea educativa, la accesibilidad y la
seguridad edilicia.
Que la nueva configuración espacial pone foco en el estudiante como
centro del proceso educativo y promueve nuevos entornos físicos de
aprendizaje que facilitan y fortalecen la comunicación e interacción
entre docentes y estudiantes de diferentes maneras y la participación
en actividades interdisciplinarias.
Que la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA y la DIRECCIÓN
GENERAL DE INFRAESTRUCTURA han tomado la intervención necesaria.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o 1992) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el documento “Criterios de reorganización
espacial para la innovación en la escuela” que como Anexo
(IF-2018-49062515-APN-DGI#MECCYT) forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que los criterios aprobados en el artículo
precedente están destinados a orientar las acciones de infraestructura
escolar que se ejecuten con presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA en el marco de la Secundaria Federal 2030.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alejandro Finocchiaro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/11/2018 N° 86323/18 v. 14/11/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)