INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
Resolución 43/2019
RESFC-2019-43-APN-D#INCUCAI
Ciudad de Buenos Aires, 22/02/2019
VISTO el EX-2019-01078140-APN-DA#INCUCAI, la Ley Nº 27.447, los
Decretos Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios,
mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), Nº 2507 de
fecha 13 de diciembre de 1993, Nº 1662 de fecha 25 de noviembre de
2004, Nº 1335 de fecha 09 de septiembre de 2013, Nº 174 de fecha 2 de
marzo de 2018 y modificatorios y Nº 632 de fecha 6 de julio de 2018, la
Decisión Administrativa Nº 431 de fecha 12 de diciembre de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 174/18 y modificatorios, se aprobó el organigrama
de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaría, entre ellos el referido a la SECRETARIA DE GOBIERNO DE
SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, para
cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo,
asimismo, sus competencias.
Que por el artículo 3º del citado Decreto Nº 174/18 se establecieron
los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos
desconcentrados y descentralizados, entre ellos el INSTITUTO NACIONAL
CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN
DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD, dependiente de la SECRETARÍA
DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO
SOCIAL.
Que mediante el artículo 11 del Decreto N° 632/18 se estableció que los
organismos descentralizados y desconcentrados de la ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL, deberán presentar a la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS en un plazo de SESENTA (60) días computados a partir de la
entrada en vigencia de dicho decreto un proyecto de optimización de su
estructura organizativa.
Que por el Decreto N° 1335/13 se aprobó la estructura organizativa de
primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR
DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), organismo descentralizado actuante en
la órbita de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE
LA ENFERMEDAD, dependiente de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD,
PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.
Que por los Decretos Nº 2507/93 y Nº 1662/04 y la Decisión
Administrativa Nº 431/96 se aprobó la estructura organizativa de
segundo nivel operativo del citado organismo.
Que el artículo 59 de la Ley Nº 27.447 faculta al Directorio del
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
(INCUCAI), a aprobar la estructura orgánico-funcional del Instituto.
Que el cumplimiento de los objetivos de Gobierno, recomienda una
reingeniería organizacional de las estructuras organizativas del Estado
Nacional, incluyendo sus organismos descentralizados.
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una nueva estructura
organizativa del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE
ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), organismo descentralizado actuante en la
órbita de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA
ENFERMEDAD, dependiente de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD,
PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL y asimismo, incorporar,
homologar, reasignar y derogar diversos cargos en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado intervención en virtud del Art. 5° del Decreto 72/2018.
Que la COORDINACION DE ASUNTOS JURIDICOS del organismo, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en uso de las facultades conferidas por el artículo 59, inciso b) de la Ley N° 27.447.
Que la medida que se adopta ha sido considerada y aprobada por el
Directorio en su sesión ordinaria del día 22 de febrero de 2019
conforme surge del texto del Acta Nº 06.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN
E IMPLANTE (INCUCAI), organismo descentralizado actuante en la órbita
de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA
ENFERMEDAD, dependiente de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD,
PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, de conformidad con el
Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como
Anexo I (GDE IF-2019-03404472-APN-DA#INCUCAI) y Anexo II (GDE
IF-2019-09362827-APN-DA#INCUCAI), forman parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
(INCUCAI), organismo descentralizado actuante en la órbita de la
SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD,
dependiente de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCION Y
CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO
DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL de conformidad con el detalle obrante en
la Planilla Anexa al presente artículo (GDE
IF-2019-01157899-APN-DA#INCUCAI), que forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Suprímense las unidades de nivel departamental del
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
(INCUCAI), organismo descentralizado actuante en la órbita de la
SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD,
dependiente de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCION Y
CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO
DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, que se detallan en Planilla Anexa al
presente artículo (GDE IF-2019-01129512-APN-DA#INCUCAI), que forma
parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la ENTIDAD 905 –
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE,
JURISDICCIÓN 80 – SECRETARIA DE GOBIERNO DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD
Y DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Maceira - Jose Luis Bustos
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/02/2019 N° 11317/19 v. 26/02/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)