INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
Resolución 397/2018
RESOL-2018-397-APN-INAI#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 26/12/2018
VISTO, las Leyes N° 26.160, N° 26.554, N° 26.894; N°. 27.400, el
Decreto Reglamentario N° 1.122/07; la Resolución INAI N° 587/07 y el
Expediente EX- 2018-01043419-APN-INAI#MJ
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO, tramitó el relevamiento
técnico, jurídico, catastral de acuerdo a lo establecido en la Ley
Nacional N° 26.160, en la COMUNIDAD LOF MARIANO SOLO, perteneciente al
pueblo MAPUCHE, asentada en el paraje Colán Conhué, del Depto. 25 de
Mayo, provincia de Rio Negro, Personería Jurídica registrada bajo el N°
12/06, mediante Resolución N°38 de la Inspección General de Personas
Jurídicas de la Provincia de Río Negro.
Que la Ley Nº 26.160 declara la emergencia en materia de posesión y
propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por las Comunidades
Indígenas, cuyo plazo fue prorrogado mediante Leyes N° 26.554, 26.894 y
27.400.
Que el Decreto Nº 1.122/07 designó al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas como autoridad de aplicación de la mencionada Ley.
Que por Resolución INAI Nº 587/07 se crea el Programa Nacional de
“Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas – Ejecución de la
Ley Nº 26.160”, con el objeto de determinar los mecanismos para
demarcar y relevar el territorio que ocupan las Comunidades Indígenas
en forma tradicional, actual y pública.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades previstas
en la Ley Nº 23.302, su Decreto Reglamentario Nº 155/89 y normativa
concordante.
Por ello,
LA PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dése por cumplido el relevamiento técnico, jurídico,
catastral en la COMUNIDAD LOF MARIANO SOLO, perteneciente al pueblo
MAPUCHE, asentada en el paraje Colán Conhué, del Depto. 25 de Mayo,
provincia de Rio Negro, Personería Jurídica registrada el bajo el N°
12/06, mediante Resolución N° 38, de la Inspección General de Personas
Jurídicas de la Provincia de Río Negro, en virtud de la Ley Nacional N°
26.160 y sus respectivas prórrogas, el Decreto Reglamentario N°
1.122/07 y la Resolución N° 587/07 del Registro del Instituto Nacional
de Asuntos Indígenas.
ARTÍCULO 2°.- Reconócese la ocupación actual, tradicional y pública de
la COMUNIDAD LOF MARIANO SOLO, perteneciente al pueblo MAPUCHE,
asentada en el paraje Colán Conhué, del Depto. 25 de Mayo, provincia de
Rio Negro, Personería Jurídica registrada bajo el N° 12/06, mediante
Resolución N° 38 de la Inspección General de Personas Jurídicas de la
Provincia de Río Negro, respecto de la superficie georreferenciada que
como Anexo I (IF-2018-44355481-APN-INAI#MJ) forma parte de la presente
medida.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese.
(Artículo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 12/2019 del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas B.O. 25/02/2019)
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/03/2019 N° 14138/19 v. 11/03/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)