Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2018
VISTO, las Leyes Nº 26.160, Nº 26.554, Nº 26.894, Nº 27.400, el Decreto
Reglamentario Nº 1.122/07; la Resolución INAI Nº 587/07 y el
Expte.-INAI-50456-2015 (CUDAP:S04:0001667/2017), y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO, tramitó el relevamiento
técnico, jurídico, catastral de acuerdo a lo establecido en la Ley
Nacional N° 26.160, en la Comunidad denominada Agrupación Mapuche
Cayupán, perteneciente al pueblo Mapuche, asentada en la localidad Las
Cortaderas, Depto. Catán Lil, provincia de Neuquén, Personería Jurídica
Decreto Nº 1003/93 del Gobierno de la Provincia de Neuquén.
Que la Ley Nº 26.160 declara la emergencia en materia de posesión y
propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por las Comunidades
Indígenas, cuyo plazo fué prorrogado mediante las Leyes N°26.554,
26.894 y 27.400.
Que el Decreto Nº 1.122/07 designó al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas como autoridad de aplicación de la mencionada Ley.
Que por Resolución INAI Nº 587/07 se creó el Programa Nacional de
“Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas – Ejecución de la
Ley Nº 26.160”, con el objeto de determinar los mecanismos para
demarcar y relevar el territorio que ocupan las Comunidades Indígenas
en forma actual, tradicional y pública.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades previstas
en la Ley Nº 23.302, su Decreto Reglamentario Nº 155/89 y normativa
concordante.
Por ello,
LA PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dése por cumplido el relevamiento técnico, jurídico,
catastral en la Comunidad denominada Agrupación Mapuche Cayupán,
perteneciente al pueblo Mapuche, asentada en la localidad Las
Cortaderas, Depto. Catán Lil, provincia de Neuquén, Personería Jurídica
Decreto Nº 1003/93 del Gobierno de la Provincia de Neuquén, en virtud
de la Ley Nacional N° 26.160 y sus respectivas prórrogas, el Decreto
Reglamentario N° 1.122/07 y la Resolución N° 587/07 del Registro del
Instituto Nacional de Asuntos Indígenas.
ARTÍCULO 2°.- Reconócese la ocupación actual, tradicional y pública de
la Comunidad denominada Agrupación Mapuche Cayupán, perteneciente al
pueblo Mapuche, asentada en la localidad Las Cortaderas, Depto. Catán
Lil, provincia de Neuquén, Personería Jurídica Decreto Nº 1003/93 del
Gobierno de la Provincia de Neuquén, respecto de la superficie
georeferenciada, que como Anexo I (IF-2017- 00093518-APN-INAI#MJ) forma
parte de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese.
(Artículo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 12/2019 del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas B.O. 25/02/2019)
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/03/2019 N° 19033/19 v. 27/03/2019