Resolución 532/2018
RESOL-2018-532-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2018
VISTO el Expediente Nº 6.878/14 del Registro del entonces MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5/11 del Expediente N° 7477/15, agregado al Expediente Nº
6.878/14 como foja 50, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL
PERSONAL DE VIALIDAD PROVINCIAL DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR y la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DE LA PROVINCIA
DE TIERRA DEL FUEGO, ratificado a foja 1 del Expediente N° 7477/15,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que a su vez, a fojas 10/11 y 21/36 del Expediente N° 7537/15, agregado
al Expediente Nº 6.878/14 como foja 51, los mismos agentes negociadores
suscriben un Acuerdo y Anexo, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a fojas 3/6, 11/15, 22/25 y 27/38 del Expediente N° 7727/16,
agregado al Expediente Nº 6.878/14 como foja 53, las suscriptas
celebran un nuevo Acuerdo y Anexos, respectivamente, ratificados a foja
110, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
Que asimismo, a fojas 2/4 del Expediente N° 7857/16, agregado al
principal como foja 66, las mismas partes celebran un nuevo Acuerdo,
ratificado a foja 1 del Expediente N° 7857/16, agregado al principal
como foja 66, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en los mentados Acuerdos los agentes convienen modificaciones
salariales y laborales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo
N° 572/09, conforme surge de los términos y condiciones del texto
pactado.
Que a fojas 77 y 98/99 del Expediente Nº 6.878/14, la FEDERACIÓN
ARGENTINA DE TRABAJADORES VIALES (F.A.T.VIAL) y el CONSEJO VIAL FEDERAL
proceden a ratificar los textos pactados, en carácter de signatarias
del Convenio precitado.
Que corresponde indicar que el Anexo obrante a fojas 9/10 del
Expediente N° 7727/16, agregado al principal como foja 53, no resulta
susceptible de homologación, toda vez que trata de la estructura
orgánica de la empleadora.
Que a su vez, cabe hacer saber a las partes que los listados de
personal obrantes a fojas 16/21 del Expediente N° 7727/16, agregado al
principal como foja 53, y a fojas 5/8 del Expediente N° 7857/16,
agregado al principal como foja 66, no serán materia de homologación.
Que el ámbito de aplicación de los presentes Acuerdos se corresponde
con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos los
mentados Acuerdos.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se
remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el
promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio
establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus
modificatorias
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones
y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD PROVINCIAL DE TIERRA DEL FUEGO,
ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR y la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, que luce a fojas 5/11 del
Expediente N° 7477/15, agregado al Expediente Nº 6.878/14 como foja 50,
ratificado a fojas 1 de Expediente N° 7477/15 por las mismas partes y a
fojas 98/99 del Expediente Nº 6.878/14, por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE
TRABAJADORES VIALES (F.A.T.VIAL) y el CONSEJO VIAL FEDERAL, conforme a
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Decláranse homologados el acuerdo y anexo celebrados
entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD PROVINCIAL DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR y la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, que lucen a fojas 10/11 y
21/36 del Expediente N° 7537/15, agregado al Expediente Nº 6.878/14
como foja 51, ratificados a fojas 98/99 del Expediente Nº 6.878/14, por
la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES VIALES (F.A.T.VIAL) y el
CONSEJO VIAL FEDERAL, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 3°.- Decláranse homologados el acuerdo y anexos celebrados
entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD PROVINCIAL DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR y la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, que lucen a fojas 3/6,
11/15, 22/25 y 27/38 del Expediente N° 7727/16, agregado al Expediente
Nº 6.878/14 como foja 53, ratificados a fojas 98/99 del Expediente Nº
6.878/14, por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES VIALES
(F.A.T.VIAL) y el CONSEJO VIAL FEDERAL, conforme a lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 4°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD PROVINCIAL DE TIERRA DEL FUEGO,
ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR y la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, que luce a fojas 2/4 del
Expediente N° 7857/16, agregado al principal como foja 66, ratificado a
fojas 1 del Expediente N° 7857/16 por las mismas partes y a fojas 77
del Expediente Nº 6.878/14, por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES
VIALES (F.A.T.VIAL) y el CONSEJO VIAL FEDERAL, conforme a lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin que el Departamento
Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 5/11 del Expediente N°
7477/15, agregado al Expediente Nº 6.878/14 como foja 50 ratificado a
fojas 1 del mismo Expediente; el acuerdo y anexo obrantes a fojas 10/11
y 21/36 del Expediente N° 7537/15, agregado al Expediente Nº 6.878/14
como foja 51; el acuerdo y anexos obrantes a fojas 3/6, 11/15, 22/25 y
27/38 del Expediente N° 7727/16, agregado al Expediente Nº 6.878/14
como foja 53; y el acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente N°
7857/16, agregado al principal como foja 66 ratificado a fojas 1 del
mismo Expediente.
ARTÍCULO 6°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de
evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del
cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.
Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente
con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 572/09.
ARTÍCULO 7°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito de
los Acuerdos y Anexos y de esta Resolución, resultará aplicable lo
establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/10/2019 N° 68249/19 v. 21/10/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)