AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 32/2020
RESFC-2020-32-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 14/04/2020
VISTO el Expediente EX-2020-15166470-APN-DACYGD#AABE, los Decretos
Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de
septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1 de diciembre de 2015, el
Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado
por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018
(RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la presentación
efectuada por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES, por la cual
solicita la asignación en uso del bien inmueble propiedad del ESTADO
NACIONAL, en jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ubicado en la
Avenida Belgrano N° 2252, Comuna 3, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES;
identificado catastralmente como Circunscripción 10 – Sección 20 –
Manzana 038 - Parcela 006, correspondiente al CIE Nº 0200000307, con
una superficie total de terreno aproximada de NOVECIENTOS NOVENTA Y
SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (997,99
M2) y una superficie total cubierta aproximada de DOS MIL NOVECIENTOS
SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (2.976 M2), individualizado en el
croquis que como ANEXO (IF-2020-21704326-APN-DNGAF#AABE) forma parte
integrante de la presente medida.
Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES informa que el inmueble
mencionado se destinará a la instalación de unidades académicas en el
marco de la emergencia edilicia y presupuestaria que atraviesa dicha
Universidad.
Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de
las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de constatar
las condiciones de ocupación de dicho inmueble, se verificó que el
mismo se encuentra utilizado como depósito de mobiliario, archivos y
vehículos de distintas reparticiones.
Que la COORDINACIÓN DE DISEÑO Y ANÁLISIS DE ACTIVOS de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE GERENCIAMIENTO DE ACTIVOS FÍSICOS determinó que el edificio
de tipología fabril proyectado originalmente como taller mecánico
cuenta con una flexibilidad espacial que permite la adaptación a
múltiples usos y que sus instalaciones y arquitectura en general están
en un estado de regular mantenimiento.
Que conforme lo informado por el entonces MINISTERIO DE HACIENDA
mediante NO-2018-64851543-APN-SSADYNP#MHA de fecha 12 de diciembre de
2018, el inmueble se encuentra en condiciones de ser desafectado por
resultar innecesario para las competencias, misiones y funciones de la
repartición, habiendo sido puesto a disposición de esta Agencia a
partir del día 31 de diciembre de 2018 para el destino que se considere
más conveniente.
Que mediante el Decreto Nº 1.382/12 y su modificatorio, se creó la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE), como organismo
descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la
actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO
NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes
inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos
estatales.
Que el inciso 19 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12 y los
artículos 36 y 37 del Anexo del Decreto Nº 2.670/15 reglamentario del
citado Decreto Nº 1.382/12, establecen que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN
DE BIENES DEL ESTADO podrá desafectar aquellos bienes inmuebles
propiedad del ESTADO NACIONAL que se encontraren en uso y/o
concesionados, cuando de su previa fiscalización resultare la falta de
afectación específica, uso indebido, subutilización o estado de
innecesariedad, teniendo en consideración las competencias, misiones y
funciones de la repartición de origen, como así también, la efectiva
utilización y/u ocupación de los mismos.
Que el inciso 20 del citado artículo, determina que la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá asignar y reasignar los
bienes inmuebles que integran el patrimonio del ESTADO NACIONAL, los
cuales se considerarán concedidos en uso gratuito a la respectiva
jurisdicción, la que tendrá su administración y custodia y que tan
pronto cese dicho uso deberán volver a la jurisdicción de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que resulta asimismo aplicable lo previsto en el Capítulo I del Título
II de la Parte General del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles
del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio
de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM).
Que la situación planteada se encuentra enmarcada en el inciso 2) del artículo 37 del Decreto Reglamentario Nº 2.670/15.
Que en consecuencia, corresponde en esta instancia desafectar de la
jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMÍA el inmueble mencionado en el
considerando primero y asignarlo en uso a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE
LAS ARTES.
Que la presente se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL
de hacer prevalecer el proceso de preservación del patrimonio
inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico del mismo,
con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la
afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación,
desarrollo y ejecución de políticas públicas.
Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 23 del Anexo
del Decreto Nº 2.670/15, establecen que la asignación y transferencia
de uso de inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL a todo organismo
integrante del Sector Público Nacional en los términos del artículo 8º
de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control
del Sector Público Nacional y sus modificaciones, así como a
Universidades Nacionales, serán dispuestas por resolución de la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y deberán ser comunicadas en un
plazo de CINCO (5) días hábiles, contados a partir del dictado de la
resolución que así lo disponga, a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para su correspondiente registro.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Desaféctase de la jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMÍA
el bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la Avenida
Belgrano N° 2252, Comuna 3, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES;
identificado catastralmente como Circunscripción 10 – Sección 20 –
Manzana 038 - Parcela 006, correspondiente al CIE Nº 0200000307, con
una superficie total de terreno aproximada de NOVECIENTOS NOVENTA Y
SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (997,99
M2) y una superficie total cubierta aproximada de DOS MIL NOVECIENTOS
SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (2.976 M2), individualizado en el
croquis que como ANEXO (IF-2020-21704326-APN-DNGAF#AABE) forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Asígnase en uso a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES,
el inmueble mencionado en el Artículo 1º, con el objeto de destinarlo a
la instalación de unidades académicas en el marco de la emergencia
edilicia y presupuestaria que atraviesa dicha Universidad.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 4º.- Notifíquese al MINISTERIO DE ECONOMÍA y a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES.
ARTÍCULO 5º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Martín Cosentino - Juan Agustín Debandi
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/04/2020 N° 17169/20 v. 17/04/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)