MINISTERIO DE ECONOMÍA
Decisión Administrativa 1313/2020
DECAD-2020-1313-APN-JGM - Estructura organizativa.
Ciudad de Buenos Aires, 22/07/2020
VISTO
el Expediente N° EX-2020-30026391-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nros. 2098
del 3 de diciembre de 2008 sus modificatorios y complementarios, 7 del
10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, la Decisión Administrativa N° 309 del 13 de marzo de
2018 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el
Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, que
incluye el correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMÍA, para cumplir con
las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus
Objetivos.
Que por la Decisión Administrativa N° 309/18 se
aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo
del entonces MINISTERIO DE FINANZAS.
Que, en función de las
competencias asignadas a las distintas Jurisdicciones por el Decreto Nº
7/19, los Objetivos aprobados para las Secretarías y Subsecretarías en
el Decreto Nº 50/19, resulta necesario aprobar la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE
FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA e incorporar, homologar y reasignar
diversos cargos pertenecientes a la citada Secretaría en el Nomenclador
de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098/08.
Que han tomado la intervención de su
competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que
la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas
por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 16,
inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°
438/92 y sus modificatorias).
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO
1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de
la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad
con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que,
como ANEXOS I (IF-2020-31290924-APN-DNDO#JGM) y II
(IF-2020-31292971-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente
decisión administrativa.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura
organizativa de segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE FINANZAS
del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad con el Organigrama y las
Acciones que, como ANEXOS IIIa, IIIb, IIIc
(IF-2020-31293255-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2020-31293545-APN-DNDO#JGM),
forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO
3º.- Incorpóranse, homológanse y reasígnanse en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098/08, los cargos pertenecientes a la SECRETARÍA DE
FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad con el detalle
obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2020-31294801-APN-DNDO#JGM) al
presente artículo, que forma parte integrante de la presente decisión
administrativa.
ARTÍCULO 4º.- Hasta tanto se concluya con la
reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se
mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel
inferior a las aprobadas por la presente decisión administrativa, las
que transitoriamente mantendrán las acciones y las dotaciones con sus
respectivos niveles, grados de revista y suplementos vigentes a la
fecha.
ARTÍCULO 5º.- Facúltase al/a la Titular del MINISTERIO DE
ECONOMÍA a modificar la estructura aprobada por el artículo 2º de la
presente decisión administrativa, sin que ello implique incremento de
las unidades organizativas que la componen ni de las correspondientes
partidas presupuestarias, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO
6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será
atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 50 – MINISTERIO
DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés
Cafiero - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n
este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA
-www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/07/2020 N° 28583/20 v. 23/07/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV)