MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA

Resolución 1/2020

RESOL-2020-1-APN-SAFCEI#MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-37247762- -APN-DGDMA#MPYT del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Resolución N° 138 del 17 de junio de 2020 del citado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° RESOL-2020-138-APN-MAGYP del 17 de junio de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se creó el PROGRAMA DE ASISTENCIA CRÍTICA Y DIRECTA PARA LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA del citado Ministerio, facultando a dicha Secretaría para dictar las normas complementarias, interpretativas y/o de instrumentación que entienda necesarias.

Que, asimismo, su Artículo 2º establece que la SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR Y DESARROLLO TERRITORIAL de la citada Secretaría, será la Autoridad de Aplicación del mencionado Programa, facultándosela en tal carácter para delegar aquellas atribuciones operativas dirigidas a desarrollar e implementar las herramientas e instrumentos necesarios para la concreción del objetivo programático perseguido.

Que a tal efecto y en esta etapa, se entiende conveniente aprobar el Manual Operativo que contemple los parámetros básicos y objetivos a los que deberá ajustar su cometido la referida Subsecretaría al momento de diseñar, desarrollar y ejecutar las aludidas herramientas e instrumentos así como para trabajar en forma conjunta con las áreas de gobierno nacional, provincial o municipal que considere pertinente, habida cuenta del carácter transversal del Programa en cuestión.

Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta en orden a las facultades otorgadas por el Artículo 1º de la citada Resolución Nº RESOL-2020-138-APN-MAGYP.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Apruébase el Manual Operativo del PROGRAMA DE ASISTENCIA CRÍTICA Y DIRECTA PARA LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA que, como Anexo registrado con el Nº IF-2020-48376550-APN-SSAFYDTE#MAGYP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º. Instrúyese a la SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR Y DESARROLLO TERRITORIAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Programa citado, para que adecúe aquellas herramientas e instrumentos que considere necesario desarrollar para su implementación, así como los acuerdos necesarios también para ello, a los parámetros que surgen del Manual Operativo que se aprueba por la presente medida.

ARTÍCULO 3º. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Miguel Angel Gomez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/07/2020 N° 29694/20 v. 31/07/2020

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)