MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA
Resolución 1/2020
RESOL-2020-1-APN-SAFCEI#MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-37247762- -APN-DGDMA#MPYT del Registro
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Resolución N° 138
del 17 de junio de 2020 del citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° RESOL-2020-138-APN-MAGYP del 17 de junio de 2020
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se creó el PROGRAMA DE
ASISTENCIA CRÍTICA Y DIRECTA PARA LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E
INDÍGENA en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR,
CAMPESINA E INDÍGENA del citado Ministerio, facultando a dicha
Secretaría para dictar las normas complementarias, interpretativas y/o
de instrumentación que entienda necesarias.
Que, asimismo, su Artículo 2º establece que la SUBSECRETARÍA DE
AGRICULTURA FAMILIAR Y DESARROLLO TERRITORIAL de la citada Secretaría,
será la Autoridad de Aplicación del mencionado Programa, facultándosela
en tal carácter para delegar aquellas atribuciones operativas dirigidas
a desarrollar e implementar las herramientas e instrumentos necesarios
para la concreción del objetivo programático perseguido.
Que a tal efecto y en esta etapa, se entiende conveniente aprobar el
Manual Operativo que contemple los parámetros básicos y objetivos a los
que deberá ajustar su cometido la referida Subsecretaría al momento de
diseñar, desarrollar y ejecutar las aludidas herramientas e
instrumentos así como para trabajar en forma conjunta con las áreas de
gobierno nacional, provincial o municipal que considere pertinente,
habida cuenta del carácter transversal del Programa en cuestión.
Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su
competencia.
Que el presente acto se dicta en orden a las facultades otorgadas por
el Artículo 1º de la citada Resolución Nº RESOL-2020-138-APN-MAGYP.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Apruébase el Manual Operativo del PROGRAMA DE ASISTENCIA
CRÍTICA Y DIRECTA PARA LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA
que, como Anexo registrado con el Nº
IF-2020-48376550-APN-SSAFYDTE#MAGYP, forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2º. Instrúyese a la SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR Y
DESARROLLO TERRITORIAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR,
CAMPESINA E INDÍGENA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
en su carácter de Autoridad de Aplicación del Programa citado, para que
adecúe aquellas herramientas e instrumentos que considere necesario
desarrollar para su implementación, así como los acuerdos necesarios
también para ello, a los parámetros que surgen del Manual Operativo que
se aprueba por la presente medida.
ARTÍCULO 3º. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Miguel Angel Gomez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/07/2020 N° 29694/20
v. 31/07/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)