Resolución 23/2021
RESFC-2021-23-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 27/01/2021
VISTOS los Expedientes fusionados EX-2019-58651785-APN-DGA#APNAC y
EX-2019-78015104-APN-DGA#APNAC del registro de esta ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES y las Resoluciones del Directorio
RESFC-2019-294-APN-D#APNAC y RESFC-2019-532-APN-D#APNAC, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución del Directorio RESFC-2019-294-APN-D#APNAC se
aprobó la marca “PARQUES NACIONALES DE ARGENTINA” con sus variantes y
se encomendó a la Dirección Nacional de Uso Público el diseño de sus
lineamientos de uso y del “Reglamento para el Otorgamiento de Licencias
de Uso de la Marca por Parte de Terceros”.
Que dicha marca fue creada en el marco del proyecto de desarrollo y
comercialización de productos promocionales de los Parques Nacionales
de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que mediante la Resolución del Directorio RESFC-2019-532-APN-D#APNAC se
aprobó el “Reglamento para el Otorgamiento de Licencias de Uso de la
Marca por Parte de Terceros” cuya entrada en vigor operó el día 1° de
marzo de 2020.
Que, según se desprende del Informe de la Dirección de Concesiones,
obrante en el documento IF-2020-09774396-APN-DC#APNAC, y teniendo en
cuenta que el proyecto involucrado resulta novedoso para la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, se propuso reevaluarlo por no
incluir “(…) variables fundamentales para la puesta en marcha de una
acción de estas características y envergadura”.
Que la Dirección de Mercadeo, en su Informe
IF-2020-76026260-APN-DM#APNAC, propuso modificar el Reglamento aprobado
para incorporar variantes en cuanto a su alcance, además de elementos
vinculados con el circuito comercial de las licencias de marca que
permitan un mejor control y resguardo y una Declaración de la misión,
la visión, y los valores del Organismo, teniendo en cuenta una visión
que integra el desarrollo sostenible con los ambientes en los cuales se
desenvuelve, con particular eje en la economía social.
Que, en la misma línea, la Dirección de Diseño e Información al
Visitante en su IF-2020-75858819-APN-DDEIAV#APNAC consideró “(…)
indispensable la revisión y rediseño de la versión de marca producto
(…)”.
Que, por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la Resolución del
Directorio RESFC-2019-532-APN-D#APNAC y aprobar un nuevo Reglamento,
junto con la “Declaración de la Misión, la Visión y los Valores” de
este Organismo, además del “Tarifario de Valores de Licencias” y del
modelo de contrato a suscribir que obran como documentos
IF-2020-85298688-APN-DNUP#APNAC, IF-2020-76696355-APN-DM#APNAC,
IF-2020-75845377-APN-DM#APNAC e IF-2020-76007726-APN-DM#APNAC,
respectivamente.
Que, asimismo, resulta oportuno dejar sin efecto la Resolución del
Directorio RESFC-2019-294-APN-D#APNAC y aprobar la marca “Parques
Nacionales de Argentina” que obra en el documento
IF-2020-75835253-APN-DDEIAV#APNAC.
Que, con el fin de que el otorgamiento de las licencias de uso de marca
sea más ágil, se hace necesario delegar en la Dirección Nacional de Uso
Público la facultad para analizar las propuestas que se presenten y
otorgar la licencia de uso de marca.
Que la Dirección Nacional de Uso Público, las Direcciones Generales de
Administración y de Asuntos Jurídicos y las Direcciones de Mercadeo y
de Diseño e Información al Visitante han tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos f) y w), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Déjanse sin efecto las resoluciones del Directorio
RESFC-2019-294-APN-D#APNAC y RESFC-2019-532-APN-D#APNAC por los motivos
expuestos en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse el “Reglamento para el Otorgamiento de
Licencia de Uso de la Marca “Parques Nacionales de Argentina” por parte
de Terceros”, el “Tarifario de Valores de Licencias”, el Documento
“Declaración de la Misión, la Visión, y los valores de la
Administración de Parques Nacionales” y el modelo de contrato a
suscribirse, que como documentos IF-2020-85298688-APN-DNUP#APNAC,
IF-2020-75845377-APN-DM#APNAC, IF-2020-76696355-APN-DM#APNAC e
IF-2020-76007726-APN-DM#APNAC forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el isologotipo identificatorio de la marca
“Parques Nacionales de Argentina”, que como Anexo
IF-2020-75835253-APN-DDEIAV#APNAC forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Encomiéndase a la Dirección Nacional de Uso Público la
confección de una “Guía de estilo de la marca Parques Nacionales” que
delimite los usos permitidos de la marca “Parques Nacionales de
Argentina”.
ARTÍCULO 5°.- Facúltase a la Dirección Nacional de Uso Público para otorgar la licencia de uso de marcas.
ARTÍCULO 6°.- Encomiéndase a la Dirección de Mercadeo la modificación
de la inscripción de la marca “Parques Nacionales de Argentina” en el
Registro de Marcas del del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL (INPI).
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese,
dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
(Artículo rectificado por art. 1º de la Resolución Nº 54/2021
de la Administración de Parques Nacionales B.O. 5/2/2021, en
consecuencia por art. 2º de la misma norma se deroga el artículo 9º de
la presente)
Claudio David Gonzalez - Eugenio Sebastian Magliocca - Francisco Luis
Gonzalez Taboas - Natalia Gabriela Jauri - Daniel Jorge Somma
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/02/2021 N° 5716/21 v. 05/02/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV)