MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 37/2021
RESOL-2021-37-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2021
Visto el expediente EX-2020-65432782- -APN-DGD#MTR, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por
Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima, organismo actuante en el
ámbito del Ministerio de Transporte.
Que la ley 24.156 contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen
presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2021 de Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima
organismo actuante en el ámbito del Ministerio de Transporte, de
acuerdo con el detalle obrante en los anexos I
(IF-2021-09089014-APN-SSP#MEC) y II (IF-2020-85636021-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de nueve mil novecientos sesenta y
dos millones ochocientos cincuenta y un mil cuatrocientos veintiún
pesos ($9.962.851.421) los ingresos de operación y fíjanse en la suma
de catorce mil quinientos setenta y dos millones seiscientos ochenta y
dos mil novecientos veintinueve pesos ($14.572.682.929), los gastos de
operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo
(Pérdida de Operación) estimado en cuatro mil seiscientos nueve
millones ochocientos treinta y un mil quinientos ocho pesos
($4.609.831.508), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas
del anexo II (IF-2020-85636021-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de diecisiete mil seiscientos
setenta millones ochocientos cincuenta y un mil cuatrocientos veintiún
pesos ($17.670.851.421) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de
catorce mil ochocientos setenta y tres millones tres mil novecientos
setenta y dos pesos ($14.873.003.972) los gastos corrientes, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado
en dos mil setecientos noventa y siete millones ochocientos cuarenta y
siete mil cuatrocientos cuarenta y nueve pesos ($2.797.847.449), de
acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2020-85636021-APNSSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Estímanse en la suma de cero pesos ($ 0) los recursos de
capital y fíjanse en la suma de dos mil setecientos noventa y siete
millones ochocientos cuarenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y
nueve pesos ($2.797.847.449) los gastos de capital, y como consecuencia
de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el
artículo 3º de esta resolución, estímase el Resultado Financiero
(Equilibrado) para el ejercicio 2021, en la suma de cero pesos ($ 0),
de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2020-85636021-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/02/2021 N° 7226/21 v. 12/02/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)