MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 38/2021
RESOL-2021-38-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2021
VISTO el expediente EX-2020-65584115-APN-S#TANDANOR, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por
Talleres Navales Dársena Norte S.A.C.I. y N. “TANDANOR S.A.C.I. y N.”,
actuante en la órbita del Ministerio de Defensa.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III del
Título II, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos
Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración
Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2021, de Talleres Navales Dársena Norte S.A.C.I. y N.
“TANDANOR S.A.C.I. y N.”, actuante en la órbita del Ministerio de
Defensa, de acuerdo al detalle obrante en los anexos I
(IF-2021-09091883-APN-SSP#MEC) y II (IF-2021-09091915-APN-SSP#MEC), que
integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de tres mil setecientos veintiséis
millones doscientos treinta y seis mil doscientos veintiséis pesos ($
3.726.236.226) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de tres
mil seiscientos dos millones cuatrocientos noventa y tres mil
setecientos setenta y cinco pesos ($ 3.602.493.775), los gastos de
operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo
(Ganancia) estimado en ciento veintitrés millones setecientos cuarenta
y dos mil cuatrocientos cincuenta y uno pesos ($ 123.742.451), de
acuerdo al detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2021-09091915-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de tres mil novecientos dos millones
veintidós mil ciento ochenta y ocho pesos ($ 3.902.022.188) los
ingresos corrientes y fíjanse en la suma de tres mil seiscientos
veintitrés millones ciento sesenta mil seiscientos doce pesos ($
3.623.160.612) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado en doscientos
setenta y ocho millones ochocientos sesenta y un mil quinientos setenta
y seis pesos ($ 278.861.576), de acuerdo al detalle que figura en las
planillas del anexo II (IF-2021-09091915-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Estímanse en la suma de trescientos tres millones
ochocientos treinta y seis mil cuatrocientos cincuenta y uno pesos ($
303.836.451) los recursos de capital y fíjanse en la suma de
cuatrocientos sesenta y cuatro millones trescientos cincuenta y seis
mil seiscientos cinco pesos ($ 464.356.605) los gastos de capital, y
como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico
establecido en el artículo 3º de esta resolución, estímase el Resultado
Financiero (Superávit) para el ejercicio 2021, en la suma de ciento
dieciocho millones trescientos cuarenta y un mil cuatrocientos
veintidós pesos ($ 118.341.422), de acuerdo al detalle que figura en
las planillas del anexo II (IF-2021-09091915-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/02/2021 N° 7227/21 v. 12/02/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)