JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA SOCIEDAD CIVIL
Resolución 4/2021
RESOL-2021-4-APN-SRPIYSC#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-22270183- -APN-DGDYD#JGM del Registro de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N° 50 de fecha 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios establece como una de las competencias de la SECRETARÍA
DE RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA SOCIEDAD CIVIL
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la de “Entender en la
coordinación de las relaciones institucionales con Organismos y
Autoridades en el ámbito Nacional, Provincial, CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES o Municipal, así como con los distintos sectores del
ámbito público y privado, en el marco de las competencias asignadas a
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS”.
Que en el marco del mismo decreto se determinan como objetivos de la
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL de la SECRETARÍA DE
RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA SOCIEDAD CIVIL de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, tanto el de “Elaborar e
implementar estudios, programas y proyectos que fortalezcan la
participación de la sociedad civil en las políticas públicas del PODER
EJECUTIVO NACIONAL, como el de “Elaborar diagnósticos en el área de su
competencia y realizar la planificación estratégica de la integración
entre el Estado y la sociedad civil”.
Que la mencionada Subsecretaría, en atención a sus responsabilidades
primarias, propone la creación de un Programa que promueva la
incorporación del enfoque de resiliencia comunitaria en las distintas
áreas del Estado Nacional, en su vinculación con la sociedad civil y
sus organizaciones.
Que la implementación del Programa propiciado enriquecerá a las
Organizaciones de la Sociedad Civil, produciendo un impacto altamente
positivo en el desarrollo de las mismas, a raíz del trabajo articulado
con distintos organismos de la Administración Pública Nacional enfocado
a la ejecución de políticas públicas basadas en el concepto de
“Resiliencia Comunitaria”.
Que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS persigue el objetivo de
generar marcos donde diferentes actores sociales, políticos y técnicos
puedan aportar su mirada diversa y acordar criterios centrales para
construir políticas de Estado y acuerdos amplios, tendientes a una
Argentina en la que todos los que la habitan alcancen plenitud de
derechos.
Que mediante IF-2021-33342732-APN-DGAJ#JGM la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
El SECRETARIO DE RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA SOCIEDAD CIVIL DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase el “Programa Resiliar (Resiliencia Argentina)” con
el objetivo de lograr resiliencia comunitaria en las distintas áreas
del Estado Nacional, en su vinculación con la sociedad civil y sus
organizaciones, cuyos lineamientos forman parte integrante de la
presente resolución como Anexo IF-2021-29833805-APN-SSRSC#JGM, en el
área de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL de la
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA
SOCIEDAD CIVIL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será
imputado a las partidas específicas de la JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luis Fernando Navarro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/05/2021 N° 33512/21 v. 18/05/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)