MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 678/2022
RESOL-2022-678-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2022
Visto el expediente EX-2022-53930484- -APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2022 formulado por
Correo Oficial de la República Argentina Sociedad Anónima (CORASA),
ente del Sector Público Nacional actuante en el ámbito de la Jefatura
de Gabinete de Ministros.
Que la ley 24.156 contiene en el capítulo III del título II, el Régimen
Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2022 de Correo Oficial de la República Argentina Sociedad
Anónima (CORASA), ente del Sector Público Nacional actuante en el
ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, de acuerdo con el
detalle obrante en los anexos I (IF-2022-89308464-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2022-85153151-APN-SSP#MEC), que integran esta resolución.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de cincuenta y un mil ochocientos
treinta y siete millones ochocientos catorce mil cuatrocientos sesenta
y ocho pesos ($ 51.837.814.468) los ingresos de operación, y fíjanse en
la suma de setenta y seis mil seiscientos noventa y dos millones
novecientos tres mil doscientos cincuenta y un pesos ($ 76.692.903.251)
los gastos de consumo, y como consecuencia de ello apruébase el
Resultado Operativo (Pérdida de Operación) estimado en la suma de
veinticuatro mil ochocientos cincuenta y cinco millones ochenta y ocho
mil setecientos ochenta y tres pesos ($ 24.855.088.783), de acuerdo con
el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2022-85153151-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de setenta y cuatro mil quinientos
veinte millones ochocientos cuarenta y un mil trescientos veintiún
pesos ($ 74.520.841.321) los ingresos corrientes, y fíjanse en la suma
de setenta y siete mil doscientos ochenta y ocho millones seiscientos
cuarenta y tres mil doscientos cincuenta y un pesos ($ 77.288.643.251)
los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el
Resultado Económico (Desahorro) estimado en la suma de dos mil
setecientos sesenta y siete millones ochocientos un mil novecientos
treinta pesos ($ 2.767.801.930), de acuerdo con el detalle que figura
en las planillas del anexo II (IF-2022-85153151-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Estímanse en la suma de dos mil cincuenta y dos millones
setecientos dieciséis mil doscientos tres pesos ($ 2.052.716.203) los
recursos de capital, y fíjanse en la suma de ochocientos veintiséis
millones cuatrocientos cuarenta y seis mil pesos ($ 826.446.000) los
gastos de capital, y como consecuencia de ello, en conjunción con el
Resultado Económico establecido en el artículo 3° de esta resolución,
estímase el Resultado Financiero (Déficit) para el ejercicio 2022, en
la suma de mil quinientos cuarenta y un millones quinientos treinta y
un mil setecientos veintisiete pesos ($ 1.541.531.727), de acuerdo con
el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2022-85153151-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/10/2022 N° 80383/22 v. 06/10/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)