MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1759/2022
RESOL-2022-1759-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 09/09/2022
VISTO el EX-2020-69671422- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976), y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 1/2 del RE-2020-69668292-APN-DGD#MT del expediente
de referencia, obra el acuerdo celebrado entre la UNIÓN OBRERA
METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - Seccional San Luis, por la
parte sindical, y la empresa KRONEN INTERNATIONAL SOCIEDAD ANONIMA, por
la parte empleadora, ratificado por la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA mediante el RE-2021-95998491-APN-DGD#MT del
EX-2021-95998603-APN-DGD#MT, vinculado en tramitación conjunta con el
principal, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del referido acuerdo las partes pactan otorgar una
Asignación Especial Covid de carácter no remunerativo, en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75, conforme surge de los términos
y contenido del texto.
Que respecto al carácter atribuido a las sumas pactadas en el artículo
primero del acuerdo referido, corresponde hacer saber a las partes lo
establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).
Que en relación a lo pactado en el artículo segundo inciso c) y en el
artículo tercero in fine, se hace saber a las partes, que en caso de
corresponder deberán tener presente lo previsto en el TITULO VI de la
Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o.1.976).
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a
la estricta correspondencia entre el alcance de representación del
sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la
entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNIÓN
OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - Seccional San Luis, por
la parte sindical, y la empresa KRONEN INTERNATIONAL SOCIEDAD ANONIMA,
por la parte empleadora, obrante en las páginas 1/2 del
RE-2020-69668292-APN-DGD#MT del EX-2020-69671422-APN-DGD#MT, ratificado
por la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA mediante el
RE-2021-95998491-APN-DGD#MT del EX-2021-95998603-APN-DGD#MT vinculado
en tramitación conjunta con el principal, conforme a lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines del registro de los
instrumentos homologados por el Artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo N° 260/75.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5º
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/11/2022 N° 81525/22 v. 07/11/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)