AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 290/2022
RESFC-2022-290-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2022
VISTO el Expediente EX-2022-113853133- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos
Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de
septiembre de 2013 y 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, la
Decisión Administrativa Nro. 76 de fecha 7 de febrero de 2019, la
Resolución Nro. 258 (RESFC-2017-258-APN-AABE#JGM) de fecha 15 de
septiembre de 2017 y Resolución Nro. 177 (RESFC-2020-177-APN-AABE#JGM)
de fecha 29 de diciembre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la quinta versión del
Manual de Estándares de Espacios de Trabajo del ESTADO NACIONAL,
llevado a cabo por la DIRECCIÓN DE PROYECTOS, OBRAS Y RELOCALIZACIÓN
dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GERENCIAMIENTO DE ACTIVOS
FÍSICOS de esta AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que mediante Resolución Nº 258 (RESFC-2017-258-APN-AABE#JGM) de fecha
15 de septiembre de 2017 se aprobó el Manual de Estándares de Espacios
de Trabajo del ESTADO NACIONAL, llevado a cabo por la DIRECCIÓN DE
INFRAESTRUCTURA Y RACIONALIZACIÓN DE INMUEBLES dependiente de la
entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANEAMIENTO de esta AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que el Manual referido constituye una bibliografía común de referencia
para consulta de todos los Organismos de la Administración Pública
Nacional, considerando criterios técnicos en relación a normas
nacionales e internacionales de calidad, orientadas al uso racional de
los recursos, eficiencia energética y cuidado del medio ambiente de un
modo sostenible y sustentable.
Que se consideró necesario definir nuevos parámetros para una
administración más eficiente de los Estándares de Espacios de Trabajo,
razón por la cual se ha revisado y completado el manual que se
encontraba vigente.
Que mediante Resolución Nº 177 (RESFC-2020-177-APN-AABE#JGM) de fecha
29 de diciembre de 2020 se reemplazó dicho Manual incorporando la
estandarización de los Programas Adicionales dentro de los Espacios de
Trabajo, como son las Áreas de Atención al Público y los Espacios
destinados a los Servicios de Salud y Seguridad en el Trabajo dentro de
los edificios.
Que en la mencionada versión se incorporó el Capitulo “ESTÁNDARES
AMBIENTALES Y BUENAS PRÁCTICAS”, que promueve acciones orientadas a la
mitigación de los problemas ambientales mediante el consumo eficiente
y/o racional energético.
Que toda vez que resulta de suma importancia continuar profundizando la
especificación de los lineamientos de los Estándares de Espacios de
Trabajo para una administración y uso más racional y eficiente de los
mismos, se ha considerado revisar, reemplazar, completar e incorporar
información y nuevas temáticas al manual vigente.
Que se presenta en esta edición una reformulación del lenguaje,
propiciando en todo el manual una perspectiva de género. Asimismo, las
imágenes contenidas se reemplazaron en casi su totalidad por otras de
producción propia basándose en la experiencia institucional. Supone,
además, una reestructuración conceptual en la división por capítulos,
aunando criterios del funcionamiento de los edificios desde las
personas que conforman los organismos. Se llevó a cabo una
reformulación completa del diseño y de colores para vincular cada
temática a una paleta cromática específica y simbólica al tema alusivo.
Que la presente versión introduce la estandarización de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como órgano rector de toda la
actividad inmobiliaria de los bienes inmuebles del Estado Nacional y
enfatiza la vinculación con INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA (INAP) para la promoción del curso “El buen uso de los espacios
en los edificios públicos”.
Que la particularidad de esta edición consiste en la participación de
distintos Organismos que formaron parte del armado y revisión de los
capítulos vinculantes.
Que se propicia desde esta versión actualizada, la incorporación de una
“POLÍTICA ESTADO - ESTADO”, mediante el trabajo interestatal con el
ENTE DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA DEL SERVICIO PENITENCIARIO
(ENCOPE), para la adquisición de mobiliarios estandarizados para
oficinas, producidos por las personas privadas de su libertad que
trabajan en los talleres penitenciarios.
Que esta nueva versión del manual plantea como objetivo la
transversalidad de los contenidos y federalizar la llegada a distintos
territorios del Estado Nacional.
Que teniendo en cuenta los ESTÁNDARES DE AMBIENTES Y BUENAS PRÁCTICAS,
se incorpora un plan de capacitación virtual del plan ambiental con el
objetivo de consolidar el recorrido completo de la Economía Circular,
incorporando estrategias de cuidado ambiental en y para los espacios de
trabajo.
Que se destaca como novedad la incorporación de conceptos de Patrimonio
y Sitios de Memoria, realizando un reconocimiento y valorización del
patrimonio edilicio del Estado Nacional, como del mismo modo propone
una ampliación de conocimientos acerca de la memoria de los sitios y su
importancia cultural, entendiendo a los inmuebles estatales como
patrimonio todo del Estado Público Colectivo.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12 se creó la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en
el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO tiene, entre sus
objetivos asignados por el citado Decreto Nº 1.382/12, la ejecución de
las políticas, normas y procedimientos que rigen la disposición y
administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL en uso,
concesionados y desafectados, la gestión de la información del REGISTRO
NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO, su evaluación y contralor, la
fiscalización permanente de la actividad inmobiliaria estatal y la
intervención en toda operación inmobiliaria de la totalidad de las
Jurisdicciones y Entidades que conforman el SECTOR PÚBLICO NACIONAL.
Que el artículo 8º del referido Decreto establece que serán funciones
de esta Agencia, entre otras, las de proponer las políticas, normas y
procedimientos respecto de la utilización y disposición de los bienes
inmuebles del ESTADO NACIONAL y definir y establecer estándares de uso
racional, mantenimiento y conservación de los bienes inmuebles del
SECTOR PÚBLICO NACIONAL.
Que, por su parte, el Reglamento aprobado por el Decreto Nº 2.670/15,
en su CAPÍTULO IX titulado USO RACIONAL DE INMUEBLES DEL SECTOR PÚBLICO
NACIONAL, prevé en su artículo 32, que los estándares de uso racional
de inmuebles a los que se refiere el inciso 15 del artículo 8º del
Decreto Nº 1.382/12 y su modificatorio, tendrán como finalidad crear
óptimas condiciones de trabajo para el personal, una mejor prestación
del servicio y el aprovechamiento de los recursos disponibles.
Que por el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 76 de fecha 7
de febrero de 2019 se aprobó la estructura organizativa del primer
nivel operativo de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
creándose, entre otras, DIRECCIÓN NACIONAL DE GERENCIAMIENTO DE ACTIVOS
FÍSICOS.
Que por el artículo 2º de la referida Decisión Administrativa se aprobó
la estructura organizativa del segundo nivel operativo de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO creándose, entre otras, la
DIRECCIÓN DE PROYECTOS, OBRAS Y RELOCALIZACIÓN.
Que en consecuencia, resulta procedente aprobar el Manual de Estándares
de Espacios de Trabajo del ESTADO NACIONAL, mediante el cual se
actualizará la metodología de trabajo implementada, tomando como
premisa lograr edificios de oficinas y espacios de trabajo funcionales,
eficientes, inteligentes y sustentables, que como ANEXO
IF-2022-125709974-APN-DNGAF#AABE, forma parte integrante de la presente
medida.
Que la presente medida se enmarca en la decisión política del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el proceso de preservación del
patrimonio inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico
del mismo, con vista a su mejor aprovechamiento y utilización,
destinando la afectación de los bienes inmuebles estatales a la
planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Manual de Estándares de Espacios de Trabajo
del ESTADO NACIONAL, llevado a cabo por la DIRECCIÓN DE PROYECTOS,
OBRAS Y RELOCALIZACIÓN, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
GERENCIAMIENTO DE ACTIVOS FÍSICOS de esta AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, que como ANEXO IF-2022-125709974-APN-DNGAF#AABE
forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- El Manual de Estándares de Espacios de Trabajo del ESTADO
NACIONAL aprobado por el Artículo 1º de la presente medida, reemplaza
al que fuera aprobado por la Resolución Nº 177
(RESFC-2020-177-APNAABE#JGM) del 29 de diciembre de 2020.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Eduardo Alfonso Albanese - Juan Agustín Debandi
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/11/2022 N° 96078/22 v. 25/11/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)