MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1019/2022
RESOL-2022-1019-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 12/12/2022
Visto el expediente EX-2021-09792175- -APN-DGDA#MEC y el expediente
EX-2021-71470065- -APN-DGDA#MEC, en tramitación conjunta, la Ley N°
11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 5° de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014) se determina que el Ministerio de Economía
aprobará anualmente el Plan de Acción y el Presupuesto de Gastos y
Recursos de las Instituciones pertenecientes al Sistema Bancario
Oficial.
Que habiendo finalizado el ejercicio fiscal 2021 sin que se haya
aprobado el Plan de Acción y el Presupuesto de Gastos y Recursos del
Banco de la Nación Argentina, entidad autárquica en el ámbito del
Ministerio de Economía, resulta necesario regularizar la situación
expuesta mediante su convalidación.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de
la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del
Ministerio de Economía.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con el artículo 5° de la
Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convalídanse el Plan de Acción para el ejercicio 2021 y
el Presupuesto de Gastos, correspondientes al Banco de la Nación
Argentina entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía,
que como anexos I (IF-2022-131378636-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2022-131379248-APN-SSP#MEC), respectivamente, integran la presente
medida.
ARTÍCULO 2°.- Convalídase el nivel de Recursos afectado a la
financiación del Presupuesto del Banco de la Nación Argentina al que se
refiere el artículo 1° de la presente medida, de acuerdo con el detalle
obrante en la planilla anexa al presente artículo que como anexo III
(IF-2022-118457523-APN-SSP#MEC), integra esta medida.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al Directorio del Banco de la Nación Argentina
a disponer las reestructuraciones que considere necesarias dentro de
los gastos corrientes y de capital, sin exceder la suma total fijada en
la planillas anexas al artículo 1° que como anexo II
(IF-2022-131379248-APN-SSP#MEC) integra esta medida.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros en
virtud de lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/12/2022 N° 101771/22 v. 14/12/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)