MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución 505/2023
RESOL-2023-505-APN-ME
Ciudad de Buenos Aires, 14/03/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-14871792- -APN-DGDYD#JGM, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1° del Decreto N° 55 de fecha 28 de enero de 2023
se otorgó reconocimiento a la UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE LAGUNA BLANCA
en los términos del Art. 69 inciso a) de la Ley N°24.521 de Educación
Superior.
Que conforme se establece en el artículo 2° del precitado decreto, la
Institución Universitaria mencionada debe obtener la aprobación de su
Estatuto, de las carreras y de los planes de estudio respectivos por
parte de este MINISTERIO DE EDUCACIÖN a fin de que los títulos que se
expidan posean reconocimiento oficial y validez nacional.
Que el texto definitivo del Estatuto Provisorio de la UNIVERSIDAD
PROVINCIAL DE LAGUNA BLANCA fue aprobado en el seno de la mencionada
Casa de Altos Estudios por Resoluciones del Rector Organizador de la
misma N° 001 de fecha 01 de noviembre de 2022 y N° 006 de fecha 22 de
febrero de 2023.
Que del análisis realizado al proyecto de Estatuto Provisorio
presentado por la UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE LAGUNA BLANCA se concluye
que su texto se ajusta a las previsiones de la Ley de Educación
Superior N° 24.521, no existiendo observaciones que formular al mismo.
Que en consecuencia, corresponde proceder a la aprobación del texto
estatutario mencionado y disponer su publicación en el Boletín Oficial.
Que ha tomado la intervención que le corresponde la DIRECCIÓN NACIONAL
DE GESTIÓN UNIVERSITARIA, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS
UNIVERSITARIAS de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha emitido el dictamen de su competencia.
Que las facultades para dictar el presente acto resultan de lo
dispuesto por el artículo 34 de la Ley de Educación Superior N° 24.521.
Por ello
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Aprobar el Estatuto Provisorio de la UNIVERSIDAD
PROVINCIAL DE LAGUNA BLANCA que obra como Anexo de la presente
Resolución (IF-2023-22077553-APN-DNGU#ME).
ARTÍCULO 2° - Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estatuto
Provisorio de la UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE LAGUNA BLANCA mencionado en
el artículo precedente.
ARTÍCULO 3° - Requerir a la UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE LAGUNA BLANCA que
oportunamente inscriba ante esta autoridad de aplicación el domicilio
exacto en donde funciona su sede principal con indicación de calle,
numeración y eventualmente en caso en que ello corresponda el piso y
demás datos; el que tendrá la calidad de domicilio constituido a todos
los efectos académicos y legales y en donde resultará válida cualquier
notificación y/o comunicación que se curse mientras el mismo no sea
modificado y debidamente comunicado a este MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 4° -Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.
Jaime Perczyk
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/03/2023 N° 16170/23 v. 17/03/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)