JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
Resolución 529/2023
RESOL-2023-529-APN-SGYEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2023
VISTO los Expedientes Nros. EX-2023-140259628- -APN-SGYEP#JGM del
Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y EX-2023-98976418-
-APN-OA#PTE del Registro de PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios y 591 del 10 de noviembre de 2023 y la Decisión
Administrativa N° 1926 del 23 de octubre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la modificación introducida por el Decreto N° 7 del 10 de
diciembre de 2019 a la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por
el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, se ha readecuado la
estructura gubernamental en función de atender los objetivos
prioritarios definidos para cada área de gestión, reorganizando
funciones con el propósito de lograr una mayor efectividad de la
gestión pública.
Que el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios
ha incluido entre los objetivos de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO
PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS promover la
institucionalización de un espacio de coordinación y regulación en el
marco de sus facultades, entre las que se destaca la de “asistir al
Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño, desarrollo e implementación
de políticas públicas que fortalezcan la integridad en la función
pública y prevengan la corrupción, en coordinación con los organismos
del ESTADO NACIONAL con competencias en la materia.”
Que entre los objetivos establecidos por el Decreto Nº 50/19 y sus
modificatorios, la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS cuenta con los de “diseñar y proponer lineamientos
relacionados con el fortalecimiento institucional y la promoción de
políticas de integridad en la función pública, en coordinación con las
áreas con competencia del ESTADO NACIONAL.”.
Que, por su parte, la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, tiene como objetivo articular las políticas de integridad y
ética pública en los diferentes ámbitos del Sector Público Nacional.
Entre sus principales acciones se encuentra la asistencia técnica y
capacitación para la elaboración de planes de integridad y estrategias
en la prevención de procesos de captura de la decisión pública.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 1926 del 23 de octubre de
2020 se creó el “Mapa de la Acción Estatal” en el ámbito de la
SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, que
consiste en un sistema de información, que describe, integra,
sistematiza y grafica la acción del Estado y sus resultados.
Que, el Decreto N° 591 del 10 de noviembre de 2023 aprobó el informe
“DEL PLAN NACIONAL ANTICORRUPCIÓN A LA ESTRATEGIA NACIONAL DE
INTEGRIDAD: PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA DE LA POLÍTICA DE INTEGRIDAD DEL
PODER EJECUTIVO NACIONAL” y la “Estrategia Nacional de Integridad –
ENI”.
Que, el artículo 4° del mencionado decreto instruyese a las máximas
autoridades de las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público
Nacional a que incorporen iniciativas en el “MÓDULO de la ESTRATEGIA
NACIONAL DE INTEGRIDAD” del SISTEMA DE INFORMACIÓN MAPA DE LA ACCIÓN
ESTATAL, de conformidad con el “Manual Operativo del Mapa de la Acción
Estatal - Módulo ENI” que a tal efecto implemente la SUBSECRETARÍA DE
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de esta Jurisdicción.
Que, en virtud de lo expuesto, resulta pertinente aprobar el Manual
Operativo “Sistema de Información Mapa de la Acción Estatal”, el cual
establece los lineamientos formales de actuación vinculados al uso del
módulo de la Estrategia Nacional de Integridad alojado en el Sistema de
Información del Mapa de la Acción Estatal.
Que la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna.
Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en virtud de lo establecido por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Manual Operativo del Mapa de la Acción
Estatal - Módulo ENI”, conforme el Anexo
IF-2023-140697777-APN-DNIYT#JGM, que forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El Manual Operativo aprobado mediante el artículo 1° de
la presente medida, será de aplicación a partir de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ana Gabriela Castellani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/12/2023 N° 97954/23 v. 01/12/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)