Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL

DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL

Resolución 368/2000

Dispónese que las unidades operativas de contrataciones o ejecutoras de programas deberán emitir solicitudes de gastos, pedidos de publicación, proyectos y pliegos de bases y condiciones particulares, circulares aclaratorias o modificatorias de dichos pliegos, actas de apertura, cuadros comparativos, actas de precalificación, dictámenes de evaluación, pedidos de publicación de los contratos perfeccionados y de las transferencias de los mismos, en un determinado formato. Procedimientos de selección en los que se utilice la modalidad de compra informatizada. Derogación de la Resolución N° 376/99.

Bs. As., 21/9/2000

VISTO el expediente N° 001-003292/2000 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA y el Decreto N° 436 de fecha 30 de mayo de 2000 por el que se aprobó la reglamentación de los Artículos 55, 56, 61 y 62 del Capítulo VI de la Ley de Contabilidad Pública (Decreto-Ley N° 23.354 de fecha 31 de diciembre de 1956, ratificado por la Ley N° 14.467), vigente en función de lo establecido por el Artículo 137, inciso a) de la Ley 24.156, que constituye el "REGLAMENTO PARA LA ADQUISICION, ENAJENACION Y CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO NACIONAL", y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el visto se aprobaron medidas tendientes a lograr mayor transparencia y agilidad en los procesos de adquisición, enajenación y contratación de bienes y servicios del ESTADO NACIONAL.

Que en tal sentido se determinó que las entidades estatales comprendidas en el Artículo 1° del Decreto N° 436/2000, deberán enviar a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA, la información derivada de los procedimientos de selección que lleven a cabo conforme al régimen que el mismo establece.

Que la información que las citadas entidades estatales deberán remitir al nombrado órgano rector, cuando se encuentren implementados los sistemas informáticos para tal fin, comprenderá a las convocatorias, los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, las notas aclaratorias o modificatorias de dichos pliegos, los cuadros comparativos de ofertas, la precalificación, el dictamen de evaluación, los actos por los que se aprueben los procedimientos de selección, las órdenes de compra y la información referente a los antecedentes utilizados para adoptar decisiones que hagan a las sanciones a aplicar a los proveedores por sus incumplimientos.

Que por las razones expuestas y a fin de obtener la unificación de los formatos de la información que se debe transmitir al órgano rector del Sistema de Contrataciones, resulta necesario estandarizar los mismos, para la difusión en su sitio de Internet.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 376, de fecha 27 de julio de 1999, se aprobaron formatos estándar.

Que resulta necesario introducir modificaciones a la solicitud de gastos definida en el Anexo I a) de la citada Resolución.

Que en el Anexo I b) de dicha Resolución, se definió el formato del pedido de publicación del anuncio del llamado, en el Boletín Oficial o en los medios de difusión correspondientes.

Que la nueva reglamentación, aprobada por Decreto N° 436/2000, establece otros requisitos que deben también cumplir los anuncios de las convocatorias.

Que en el Anexo I c) de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 376/1999, se estableció el formato del acta de apertura de las ofertas.

Que el Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, al prever los procedimientos de selección de etapa múltiple, estableció nuevos requisitos que deben contener las actas de aperturas.

Que en los Anexos I d) y e) de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 376/ 1999, se definieron los formatos de acta de preadjudicación y pedido de publicación de la preadjudicación en el Boletín Oficial o en los medios de difusión correspondientes, respectivamente.

Que el Decreto N° 436/2000 reemplaza a la anterior Comisión de Preadjudicación por una Comisión Evaluadora, la que deberá emitir el dictamen de evaluación de las ofertas.

Que en el Anexo I f) de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 376/1999, se estableció el formato del pedido de publicación en el Boletín Oficial o en los medios de difusión correspondientes, de los contratos celebrados por contratación directa.

Que el Decreto N° 436/2000 establece que cualquier procedimiento de selección que exceda de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000) deberá publicarse una vez perfeccionado el contrato en el Boletín Oficial y su difusión cualquiera sea el monto en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que por todo lo expuesto resulta procedente y conveniente disponer la derogación de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 376, de fecha 27 de julio de 1999, con el fin de modificar los formatos estándar en ella definidos y adaptarlos a las previsiones del Decreto N° 436/2000.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS y la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION del MINISTERIO DE ECONOMIA han tomado la intervención que es de su competencia.

Que la presente resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 29 del Decreto N° 1545 de fecha 31 de agosto de 1994.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° — Derógase la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex –MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 376 de fecha 27 de julio de 1999.

Art. 2° — Dispónese que a partir de la entrada en vigencia del presente acto administrativo las unidades operativas de contrataciones o las unidades ejecutoras de programas, según corresponda, comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Decreto N° 436/2000, deberán emitir las solicitudes de gastos, los pedidos de publicación de las convocatorias, los proyectos y los pliegos de bases y condiciones particulares, las circulares aclaratorias o modificatorias de dichos pliegos, las actas de apertura, los cuadros comparativos, las actas de precalificación, los dictámenes de evaluación, los pedidos de publicación de los contratos perfeccionados y de las transferencias de los mismo, en formato estándar conformes con los Anexos I a XIII que forman parte integral de la presente Resolución.

Art. 3° — En los procedimientos de selección en los que se utilice la modalidad de compra informatizada se deberán utilizar como formatos estándar los reportes que emita el sistema habilitado para tal fin en cada unidad operativa de contrataciones.

Art. 4° — Delégase en la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA las facultades de interpretación, complementación y aclaración de los Anexos de la presente Resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Mario Vicens

Nota Infoleg: A solicitud de la Oficina Nacional de Contrataciones se incorporan los links a los formularios integrantes de los anexos I a XIII, remitidos por el citado organismo para ser presentados a los efectos de la aplicación de la presente resolución.

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

ANEXO VI

ANEXO VII

ANEXO VIII

ANEXO IX

ANEXO X

ANEXO XI

ANEXO XII

ANEXO XIII

 

Se deja constancia que durante el transcurso del presente acto se formularon las siguientes observaciones.

(8) Se deja constancia que el organismo licitante se reserva el Sobre B de los oferentes presentados.

Con las ofertas obtenidas y siendo las horas, se procede a dar cierre al acto, suscribiendo los funcionarios intervinientes y los asistentes que deseen hacerlo dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

(1) Tipo de procedimiento por el que se realizó la selección (licitación pública, concurso privado, contratación directa, etc.).

(2) Clase de procedimiento (etapa única nacional, etapa múltiple internacional, etc.).

(3) Modalidad utilizada (consolidada, iniciativa privada, precio tope o de referencia, sin modalidad, etc.).

(4) Indicar rubros comerciales conforme a la tabla del Anexo XIII

(5) Ciudad y Provincia en que se realiza el acto de apertura. (Ej. Ciudad de Buenos Aires).

(6) Nombre de la oficina en donde se realiza el acto de apertura. (Ej. Salón de actos de la Dirección de Compras y Contrataciones).

(7) Este dato no se completará en el caso de procedimientos de selección de etapa múltiple.

(8) Colocar en aquellos casos en que se realice un procedimiento de selección de etapa múltiple.

OBSERVACIONES GENERALES

(1) Tipo de procedimiento por el que se realizó la selección (licitación pública, concurso privado, contratación directa, etc.).

(2) Clase de procedimiento (etapa única nacional, etapa múltiple internacional, etc.).

(3) Modalidad utilizada (consolidada, iniciativa privada, precio tope o de referencia, sin modalidad, etc.).

(4) Indicar rubros comerciales conforme a la tabla del Anexo XIII.

(5) Número de orden asignado a la oferta y denominación del oferente.

(6) Código y descripción del catálogo que genera el Sistema de Identificación de Bienes y Servicios de Utilización Común (Decisión Administrativa N° 344/97).

(7) Completar en los casos en que corresponda.

(8) Indicar si es según pliego o si el oferente estableció algo diferente.

(9) Indicar si es según pliego o si el oferente estableció algo diferente.

(10) Indicar si es según pliego o si el oferente estableció algo diferente.

(11) Indicar tipo y monto de garantía presentada.

(1) Tipo de procedimiento por el que se realizó la selección (licitación pública, concurso privado, contratación directa, etc.).

(2) Clase de procedimiento (etapa única nacional, etapa múltiple internacional, etc.).

(3) Modalidad utilizada (consolidada, iniciativa privada, precio tope o de referencia, sin modalidad, etc.).

(4) Indicar rubros comerciales conforme a la tabla del Anexo XIII

(5) Repetir tantas veces como oferentes hayan presentado oferta para ese renglón

OBSERVACIONES GENERALES

(1) Tipo de procedimiento por el que se realizó la selección (licitación pública, concurso privado, contratación directa, etc.).

(2) Clase de procedimiento (etapa única nacional, etapa múltiple internacional, etc.).

(3) Modalidad utilizada (consolidada, iniciativa privada, precio tope o de referencia, sin modalidad, etc.).

(4) Indicar rubros comerciales conforme a la tabla del Anexo XIII

(5) Código y descripción del catálogo que genera el Sistema de Identificación de Bienes y Servicios de Utilización Común (Decisión Administrativa N° 344/97).

(6) Repetir tantas voces como oferentes estén incluidos en el orden de mérito del renglón.

(7) Indicar todas las ofertas no aceptadas dentro del renglón