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ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 152/2003

Transfiérese la Secretaría de Medios de Comunicación y sus organismos dependientes, del ámbito de la Presidencia de la Nación a la Jefatura de Gabinete de Ministros, reordenándose las responsabilidades de sus distintas área, en función de las nuevas competencias asignadas.

Bs. As., 5/6/2003

VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorios y complementarios, el Decreto N° 141 de fecha 4 de junio de 2003 y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios y,

CONSIDERANDO:

Que a través, de la Ley citada en el Visto y sus modificatorios, se establecieron los ministerios que conforman la organización de la Administración Pública Nacional y sus competencias.

Que a través del Decreto N° 141/03 se ampliaron las competencias de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 357/02 y modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que resulta necesario reordenar las responsabilidades de las distintas áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en función de las nuevas competencias asignadas.

Que las reformas propuestas se encuentran fundamentadas en un pormenorizado análisis y evaluación de responsabilidades y competencias, en función de la necesidad del reordenamiento mencionado.

Que este reordenamiento requiere una nueva conformación organizativa de los niveles políticos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el objeto de cumplir con los criterios de eficacia y eficiencia necesarios para el logro de los objetivos estratégicos propuestos.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, - Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional - el Apartado XII correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que como planilla anexa al presente artículo se acompaña.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II, al Artículo 2° del Decreto N° 357/02 y sus modificatorios, - Objetivos -, el Apartado XII correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla que como anexo al presente artículo, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3° — Transfiérese la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION y sus organismos dependientes del ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — La transferencia a que alude el artículo anterior comprenderá las unidades organizativas con sus respectivas competencias, cargos, dotaciones, créditos presupuestarios y bienes.

Art. 5° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto N° 993/91 (t.o. 1995).

Art. 6° — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández.

Planilla anexa al Artículo 1°

XII.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA

- SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA

- SECRETARIA DE GABINETE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS

- SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

- SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA

- SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION

- SUBSECRETARIA DE COMUNICACION

Planilla anexa al Artículo 2°

XII.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA

OBJETIVOS

1. Coordinar y supervisar el análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia presupuestaria.

2. Participar en el análisis y evaluación de la distribución de las rentas nacionales y de la ejecución presupuestaria, conforme la Ley de Presupuesto Nacional.

3. Supervisar el seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la Nación y las Provincias.

4. Coordinar y supervisar la elaboración de políticas y de proyectos que fortalezcan la eficiencia de la recaudación.

5. Coordinar las Políticas del Gobierno Nacional que tengan impacto en materia de equidad tributaria en la interrelación de los distintos organismos involucrados en esas tareas.

6. Coordinar la evaluación del gasto, colaborando en el diagnóstico y seguimiento permanente de su impacto sobre las condiciones de vida de la población.

7. Intervenir en el diseño, ejecución y control del Programa de Evaluación de la Calidad del Gasto instituido por el inciso d) del artículo 5° de la Ley N° 25.152.

8. Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en la materia de su competencia.

9. Supervisar la determinación de la programación trimestral del gasto asignado a cada Jurisdicción.

10. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación con el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (A.F.I.P.), para la definición estratégica del presupuesto nacional.

11. Intervenir en la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional propiciado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

12. Coordinar las políticas de la administración vinculadas con el cumplimiento de los objetivos y de los planes de gobierno.

13. Supervisar la gestión económico financiera, patrimonial y contable y administrar la política de recursos humanos de la Jurisdicción JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como así también el despacho y registro de la documentación administrativa.

SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA

OBJETIVOS

1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la determinación de los lineamientos estratégicos y definición de políticas para la Modernización del Estado y entender en la implementación operativa y seguimiento de las mismas.

2. Proponer políticas que promuevan el perfeccionamiento de la organización de la Administración Nacional, las medidas reglamentarias en la materia y ejercer el control sobre su aplicación homogénea.

3. Entender en el análisis y propuesta del rediseño de la macroestructura de la Administración Nacional, impulsando su desarrollo e implementación.

4. Entender en la coordinación e implementación del Programa Carta Compromiso con el Ciudadano, efectuando el monitoreo y evaluación del mismo.

5. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño de los lineamientos y la puesta en marcha de Acuerdos Programa de acuerdo al inciso c) del artículo 5° de la Ley N° 25.152 y coordinar su implementación y seguimiento.

6. Asistir a los organismos del Sector Público Nacional en programas para la modernización de la gestión, el mejoramiento continuo de la calidad de sus servicios, y la incorporación de nuevas tecnologías de información.

7. Entender en el proceso de aprobación de las estructuras organizativas de los organismos de la Administración Nacional.

8. Proponer diseños de procedimientos administrativos a fin de promover su simplificación, transparencia, mejoramiento del control social y elaborar los desarrollos informáticos correspondientes.

9. Intervenir como autoridad de aplicación de la Ley N° 24.127 que instituye el Premio Nacional a la Calidad y ejercer la Presidencia del Comité Permanente.

10. Entender en la definición del marco normativo vinculado a la gestión de los recursos reales de la Administración Pública Nacional y en su interpretación.

11. Coordinar el funcionamiento del CONSEJO FEDERAL DE LA FUNCION PUBLICA.

12. Entender en el otorgamiento de licencias a los certificadores, supervisar su actividad y dictar las normas tendientes a asegurar el régimen de libre competencia en el mercado de los prestadores y protección de los usuarios de Firma Digital.

13. Entender en la planificación e implementación del Plan Nacional de Gobierno Electrónico, coordinando con organismos nacionales, provinciales y municipales.

14. Entender en la administración y coordinación de la Red Nacional de Información Gubernamental en sus aspectos técnicos, económicos y presupuestarios, coordinando con organismos nacionales, provinciales y municipales.

15. Entender en la definición de estrategias sobre tecnologías de información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información en la Administración Nacional. Coordinar y supervisar su implantación y brindar asistencia técnica en la materia.

16. Proponer y formular políticas sobre recursos humanos y ejercer el control de su aplicación homogénea.

17. Representar al Estado Nacional en las Convenciones Colectivas de Trabajo en las que el Estado Nacional sea parte.

18. Intervenir en el análisis y aprobación de todas aquellas medidas relativas a la política salarial de la Administración Nacional y de los sistemas de incentivos del empleo público.

19. Entender en la propuesta de modificación de la normativa aplicable en materia de empleo público, como así también en su interpretación.

20. Entender en los procesos de resolución de conflictos individuales o colectivos, relativos al personal de la Administración Pública Nacional.

21. Proponer e implementar las políticas de Capacitación para el personal de la Administración Pública Nacional.

22. Entender en los aspectos vinculados a la capacitación, gestión y desarrollo de los recursos humanos, en procura del mejor desenvolvimiento del empleo público.

23. Entender en todos los aspectos referidos al desarrollo de la Escuela Superior de Gobierno.

24. Entender en lo relativo a las políticas, normas y sistemas de contrataciones del Sector Público Nacional.

SECRETARIA DE GABINETE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS

OBJETIVOS:

1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración del Proyecto de Ley de Ministerios y de la Ley de Presupuesto Nacional y de su envío al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

2. Ejercer la Coordinación del Gabinete Científico - Tecnológico (GACTEC) creado por el Decreto N° 1273 del 7 de noviembre de 1996.

3. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las relaciones con los Ministros, Secretarios y Subsecretarios de la PRESIDENCIA DE LA NALION coordinando los asuntos a ser tratados en las reuniones del Gabinete Nacional.

4. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y del decreto que dispone la prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones extraordinarias.

5. Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno de la Nación asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCION NACIONAL.

6. Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.

7. Entender en la elaboración de los informes que cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente atento lo normado por el Artículo 100, incisos 9 y 11, de la CONSTITUCION NACIONAL.

8. Entender en lo referente a las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, sus Comisiones e integrantes y, en especial, en lo relativo a la tramitación de los actos que deban ser remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6, de la CONSTITUCION NACIONAL y de otras Leyes.

9. Participar en la formulación de los lineamientos básicos y propuestas de modificación de los sistemas electorales nacionales, de la organización y funcionamiento de los partidos políticos y de su financiamiento.

10. Participar en las propuestas de los lineamientos básicos para la implementación de los mecanismos y sistemas de democracia directa contemplados en la CONSTITUCION NACIONAL.

11. Coordinar con el MINISTERIO DEL INTERIOR la asistencia a los estados provinciales en la formulación de proyectos sobre sistemas electorales, los mecanismos y sistemas de democracia directa.

SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la elaboración del Proyecto de Ley de Ministerios y de la Ley de Presupuesto Nacional y de su envío al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

2. Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la coordinación del Gabinete Científico - Tecnológico (GACTEC) creado por el Decreto N° 1273 del 7 de noviembre de 1996.

3. Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en las relaciones con los Ministros, Secretarios y Subsecretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACION coordinando los asuntos a ser tratados en las reuniones del Gabinete Nacional.

4. Asistir al Secretario en la organización de la convocatoria y preparación de las reuniones del Gabinete de Ministros.

5. Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la evaluación de la oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y del decreto que dispone la prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones extraordinarias.

6. Asistir al secretario en la coordinación de las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno de la Nación asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCION NACIONAL.

7. Coordinar las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, sus Comisiones e integrantes y, en especial, en lo relativo a la tramitación de los actos que deban ser remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6, de la CONSTITUCION NACIONAL y de otras Leyes.

8. Elaborar los informes que cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente atento lo normado por el Artículo 100, Incisos 9 y 11, de la CONSTITUCION NACIONAL.

SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA

OBJETIVOS

1. Proponer los lineamientos básicos y propuestas de modificación de los sistemas electorales nacionales, de la organización y funcionamiento de los partidos políticos y de su financiamiento.

2. Efectuar las propuestas de los lineamientos básicos para la implementación de los mecanismos y sistemas de democracia directa contemplados en la CONSTITUCION NACIONAL.

3. Participar con el MINISTERIO DEL INTERIOR en la asistencia a los estados provinciales en la formulación de proyectos sobre sistemas electorales, los mecanismos y sistemas de democracia directa.

4. Impulsar mecanismos de control ciudadano en las distintas etapas de los procesos electorales electorales en coordinación con el MINISTERIO DEL INTERIOR.

SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION

OBJETIVOS

1. Entender en la formulación, ejecución y control de la política de comunicación social y de medios de comunicación social.

2. Entender en la difusión de la actividad del PODER EJECUTIVO NACIONAL y en su relación con el periodismo nacional e internacional.

3. Efectuar la difusión de los actos del Estado Nacional a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y externo.

4. Administrar y controlar los medios de difusión que se encuentran bajo la responsabilidad del PODER EJECUTIVO NACIONAL y aquellas empresas del sector en las que la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION sea accionista.

5. Entender en la administración de los bienes y recursos de las emisoras dependientes de la jurisdicción.

6. Coordinar y controlar la gestión comunicacional de las empresas dependientes del área.

7. Entender y efectuar la planificación y contratación de la publicidad oficial.

8. Intervenir en la asistencia del Vocero Presidencial.

SUBSECRETARIA DE COMUNICACION

OBJETIVOS:

1. Asistir al señor Secretario de Medios de Comunicación en los temas relacionados con la información pública y privada del Jefe de Estado.

2. Entender en la conducción orgánica de la estructura periodística oficial y supervisar el adecuado funcionamiento de este servicio.

3. Entender en la relación directa con la prensa nacional y extranjera y transmitir las políticas del gobierno, como así también los objetivos de la gestión gubernamental.

4. Entender en las relaciones internacionales vinculadas con la prensa en el exterior en ocasión de los viajes presidenciales, o cuando se dispongan contactos personales con gobiernos de otros países que tengan relaciones diplomáticas con la REPUBLICA ARGENTINA.

5. Entender en las relaciones con todo tipo de instituciones u organismos privados o estatales que requieran de una adecuada información periodísticas sobre los objetivos gubernamentales.

6. Evaluar y analizar el efecto que produce, en la población los mensajes gubernamentales sobre las políticas delineadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

7. Complementar la tarea de asesoramiento al Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y Secretarios del área presidencial en temas vinculados con la información del gobierno.