Resolución
415/2020
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES
25-sep-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 29-sep-2020 Número: 34485 Página: 8
Resumen:
PRORROGASE EL PLAZO PARA QUE LOS AGENTES DE VIAJE PUEDAN OPERAR SOLAMENTE A TRAVES DE UN LOCAL VIRTUAL, PREVISTO EN EL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION N° 194/20 DEL MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021.
Esta norma modifica o complementa a 4 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.