Ley  20740   HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
04-sep-1974

PREVISION SOCIAL

JUBILACION - PERSONAL DEDICADO A TAREA DE CONDUCCION DE VEHICULOS

Publicada en el Boletín Oficial del 30-sep-1974    Número: 23004    Página: 2


Resumen:
TENDRA DERECHO A LA JUBILACION ORDINARIA CON CINCUENTA Y CINCO AÑOS DE EDAD Y VEINTICINCO DE SERVICIO EL PERSONAL EN RELACION DE DEPENDENCIA QUE SE DESEMPEÑE HABITUALMENTE EN TAREAS DE CONDUCCION DE VEHICULOS AUTOMOTORES DE TRANSPORTE DE CARGAS EN GENERAL, URBANO, INTERURBANO O DE LARGA DISTANCIA. ABROGASE LA LEY 20.578.



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