Resolución
87/2024
SECRETARIA DE COMERCIO
11-mar-2024
Publicada en el Boletín Oficial del 12-mar-2024 Número: 35380 Página: 15
Resumen:
TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES QUE ACEPTEN PARA LA REALIZACION DE SUS TRANSACCIONES COMERCIALES TARJETAS DE CREDITO, COMPRA O DEBITO EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 25.065 Y SUS MODIFICACIONES, Y OPEREN CON TERMINALES ELECTRONICAS PARA EL PAGO DE LAS OPERACIONES REALIZADAS (TERMINALES DE CAPTURA DE DATOS O “POS”), DEBERAN PONER A DISPOSICION DEL CONSUMIDOR LAS MISMAS DE MODO TAL QUE, EN NINGUN MOMENTO, PIERDA EL CONTROL O QUEDE DESAPODERADO DE SU TARJETA, NI AUN MOMENTANEAMENTE, HASTA LA COMPLETA FINALIZACION DE LA OPERACION.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.