Resolución  55/2014   ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL
30-ene-2014

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

ACUERDO DE CODIGO COMPARTIDO

Publicada en el Boletín Oficial del 13-feb-2014    Número: 32827    Página: 19


Resumen:
APRUEBASE EL NUEVO ANEXO 1 AL ACUERDO DE CODIGO COMPARTIDO CELEBRADO ENTRE LAS EMPRESAS AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA Y KOREAN AIR LINES CO. LTD. EL CUAL PREVE LA SIGUIENTE OPERATORIA BAJO TAL MODALIDAD CON VALIDEZ A PARTIR DEL 1° DE NOVIEMBRE DE 2013 Y HASTA QUE LAS PARTES LO DEJEN SIN EFECTO DE MUTUO ACUERDO: A) VUELOS A SER OPERADOS POR KOREAN AIR LINES CO. LTD. Y COMERCIALIZADOS POR AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, CON CONEXION UNICAMENTE RESPECTO DE LOS VUELOS OPERADOS POR ESTA ULTIMA: INCHEON (REPUBLICA DE COREA) - LOS ANGELES (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - SAN PABLO (REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) Y VICEVERSA; INCHEON (REPUBLICA DE COREA) - MADRID (REINO DE ESPAÑA) Y VICEVERSA; INCHEON (REPUBLICA DE COREA) – ROMA (REPUBLICA ITALIANA) Y VICEVERSA; INCHEON (REPUBLICA DE COREA) - AUCKLAND (NUEVA ZELANDA) Y VICEVERSA; INCHEON (REPUBLICA DE COREA) – LOS ANGELES (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - LIMA (REPUBLICA DEL PERU) Y VICEVERSA; INCHEON (REPUBLICA DE COREA) - NUEVA YORK (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) Y VICEVERSA; B) VUELOS A SER OPERADOS POR AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA Y COMERCIALIZADOS POR KOREAN AIR LINES CO. LTD., CON CONEXION UNICAMENTE RESPECTO DE LOS VUELOS OPERADOS POR ESTA ULTIMA: BUENOS AIRES (AEROPARQUE JORGE NEWBERY - REPUBLICA ARGENTINA) - SAN PABLO (REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) Y VICEVERSA; BUENOS AIRES (AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI - REPUBLICA ARGENTINA) - MADRID (REINO DE ESPAÑA) Y VICEVERSA; BUENOS AIRES (AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI – REPUBLICA ARGENTINA) - ROMA (REPUBLICA ITALIANA) Y VICEVERSA; BUENOS AIRES (AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI – REPUBLICA ARGENTINA) – AUCKLAND (NUEVA ZELANDA) Y VICEVERSA; BUENOS AIRES (AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI - REPUBLICA ARGENTINA) - LIMA (REPUBLICA DEL PERU) Y VICEVERSA; BUENOS AIRES (AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI – REPUBLICA ARGENTINA) - NUEVA YORK (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) Y VICEVERSA.



Texto completo de la norma


Esta norma modifica o complementa a 4 norma(s).


Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.