Ley  25192   HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
03-nov-1999

INDEMNIZACIONES

LEVANTAMIENTO CIVICO 9 Y 12/6/1956

Publicada en el Boletín Oficial del 30-nov-1999    Número: 29283    Página: 2


Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS CAUSAHABIENTES DE LAS PERSONAS QUE FALLECIERON ENTRE EL 9 Y EL 12 DE JUNIO DE 1956, A CONSECUECNIA DE LA REPRESION DEL LEVANTAMIENTO CIVICO MILIATR DE ESAS JORNADAS, TENDRAN DERECHA A PERCIBIR UN BENEFICIO EXTRAORDINARIO, POR ÚNICA VEZ.-



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