Resolución
550/1997
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
17-jun-1997
Publicada en el Boletín Oficial del 23-jun-1997 Número: 28672 Página: 4
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS EMPLEADORES QUE CUMPLIERON CON EL OPERATIVO " CENSO A EMPLEADORES" PODRAN OBTENER EL COMPROBANTE CON LOS NUMEROS DE CUIL ASIGNADOS OPORTUNAMENTE COMO CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO DEL CENSO
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