Decreto
567/2019
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
15-ago-2019
Publicada en el Boletín Oficial del 16-ago-2019 Número: 34177 Página: 4
Resumen:
LA VENTA DE LOS PRODUCTOS DE LA CANASTA ALIMENTARIA QUE SE DETALLAN EN EL ANEXO ESTARA ALCANZADA POR UNA ALICUOTA EQUIVALENTE AL CERO POR CIENTO (0%) EN EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, ESTABLECIDO POR LA LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, TEXTO ORDENADO EN 1997 Y SUS MODIFICACIONES, CUANDO SE COMERCIALICEN A CONSUMIDORES FINALES.
Esta norma modifica o complementa a 4 norma(s).