Decisión Administrativa
431/2020
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
22-mar-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 23-mar-2020 Número: 34336 Página: 2
Resumen:
LAS JURISDICCIONES, ENTIDADES Y ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS INCISOS A), B) Y C) DEL ARTICULO 8° DE LA LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL N° 24.156 DEBERAN TRANSFERIR, CEDER, O INTERCAMBIAR ENTRE SI Y BAJO LA SUPERVISION DE LA “UNIDAD DE COORDINACION GENERAL DEL PLAN INTEGRAL PARA LA PREVENCION DE EVENTOS DE SALUD PUBLICA DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL” LOS DATOS E INFORMACION QUE, POR SUS COMPETENCIAS, OBREN EN SUS ARCHIVOS, REGISTROS, BASES, O BANCOS DE DATOS, CON EL UNICO FIN DE REALIZAR ACCIONES UTILES PARA LA PROTECCION DE LA SALUD PUBLICA, DURANTE LA VIGENCIA DE LA EMERGENCIA EN MATERIA SANITARIA AMPLIADA POR EL DECRETO N° 260/20, CON MOTIVO DE LA PANDEMIA POR CORONAVIRUS COVID-19.
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