Decreto
977/2004
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
29-jul-2004
Publicada en el Boletín Oficial del 02-ago-2004 Número: 30454 Página: 3
Resumen:
MODIFICASE EL ARTICULO 1º DEL DECRETO NRO. 704/1997, ESTABLECIENDOSE QUE LA RETRIBUCION BRUTA MENSUAL, NORMAL, HABITUAL, REGULAR Y PERMANENTE DE LOS AGENTES HABILITADOS PARA REALIZAR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS NO PODRA SUPERAR UN DETERMINADO MONTO.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).