Decreto Reglamentario
2737/1990
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
28-dic-1990
Publicada en el Boletín Oficial del 04-ene-1991 Número: 27045 Página:
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL PERIODO FISCAL PARA LA DETERMINACION Y PAGO DEL GRAVAMEN SERA EL MES CALENDARIO, Y LA LIQUIDACION QUE SE EFECTUE A TALES EFECTOS TENDRA EL CARACTER DE DECLARACION JURADA.
Esta norma modifica o complementa a 1 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.