Disposición  483/2010   SUBDIRECCION NAC. REGISTROS NAC. PROP. AUTO. Y CRED. PREND.
22-jun-2010

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

CANCELACION ANTICIPADA DE PRENDA

Publicada en el Boletín Oficial del 28-jun-2010    Número: 31932    Página: 44


Resumen:
QUEDAN ALCANZADOS POR LA PRESENTE DISPOSICION TODOS LOS TRAMITES, AISLADOS O HABITUALES, DE INSCRIPCION INICIAL Y DE TRANSFERENCIA DEL DOMINIO DE LOS AUTOMOTORES, ASI COMO LA CONSTITUCION Y CANCELACION ANTICIPADA DE PRENDA TANTO SOBRE AQUELLOS COMO SOBRE BIENES MUEBLES NO REGISTRABLES. SE ENTENDERA QUE HAY CANCELACION ANTICIPADA DE PRENDA CUANDO LA MISMA SEA PETICIONADA CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE FINALIZACION DEL CONTRATO PRENDARIO.


Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 22 DE LA DISPOSICION 197/2011 DE LA SUBDIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS, B.O. 05/04/2011, PAGINA 16. VIGENCIA: VER ARTICULO 24 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.


Texto completo de la norma


Texto actualizado de la norma


Esta norma modifica o complementa a 6 norma(s).


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