Resolución
31/1996
SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
23-jul-1996
Publicada en el Boletín Oficial del 26-jul-1996 Número: 28444 Página: 6
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS VEHICULOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y LOS QUE REALICEN TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, SERAN DESAFECTADOS DEL SERVICIO UNA VEZ QUE LOS MISMOS HAYAN SUPERADO LAS FECHAS FIJADAS EN LOS CRONOGRAMAS DISPUESTOS POR EL DECRETO Nº 779/95, MODIFICADO POR SU SIMILAR Nº 714/96, Y LOS DE TRANSPORTE DE CARGA DEBERAN TENER LA REVISION TECNICA DE CARGAS DEBERAN TENER LA REVISION TECNICA OBLIGATORIA, PARA PODER CONTINUAR EN SERVICIO.
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