Resolución
9/2002
SECRETARIA DE TRANSPORTE
02-abr-2002
Publicada en el Boletín Oficial del 08-abr-2002 Número: 29872 Página: 5
Resumen:
EXTIENDESE, COMO MEDIDA DE EMERGENCIA Y EXCEPCION, LA CONTINUIDAD DE LA PRESTACION DEL SERVICIO DE LAS UNIDADES COMPRENDIDAS EN EL ARTICULO 53, INCISO B), APARTADO B.2) DEL ANEXO I DEL DECRETO Nº 779/95, MODIFICADO POR DECRETO Nº 632/98, QUE EFECTUEN EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).