Disposición
7/2019
DIRECCION GRAL DEL REGISTRO DE LA PROP. INM. DE LA CAP. FED.
08-oct-2019
Publicada en el Boletín Oficial del 11-oct-2019 Número: 34217 Página: 41
Resumen:
NO SERA DE APLICACION EL PLAZO DE CADUCIDAD AL QUE HACEN REFERENCIA LOS ARTICULOS 207 DEL CPCCN Y 37, INC. (B), DE LA LEY 17801, A LOS SUPUESTOS EN QUE LA “ANOTACION DE LA LITIS” HUBIERA SIDO DISPUESTA EN LOS PROCESOS DE EXPROPIACION REGULADOS EN LA LEY NACIONAL 21499 O EN LA LEY 238 DE CABA, COMO TAMPOCO, EN LOS JUICIOS DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA (ARTICULO 1905 CCYCN).
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.