Resolución
121/2011
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
15-ago-2011
Publicada en el Boletín Oficial del 19-ago-2011 Número: 32217 Página: 9
Resumen:
ESTABLECENSE LAS MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS QUE EN EL SECTOR FINANCIERO, LAS ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS, DEBERAN OBSERVAR PARA PREVENIR, DETECTAR Y REPORTAR LOS HECHOS, ACTOS, OMISIONES U OPERACIONES QUE PUEDAN PROVENIR O ESTAR VINCULADOS A LA COMISION DE LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO. DEROGASE DE LA RESOLUCION UIF Nº 37/11.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 47 DE LA RESOLUCION 30-E/2017 DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, B.O. 21/06/2017, PAGINA 49. VIGENCIA: VER ARTICULO 45 Y 46 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).