Resolución
28/2012
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
10-feb-2012
Publicada en el Boletín Oficial del 22-feb-2012 Número: 32343 Página: 7
Resumen:
MODALIDAD Y OPORTUNIDAD DEL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE REPORTAR LOS “HECHOS” U “OPERACIONES SOSPECHOSOS” DE FINANCIACION DEL TERRORISMO PARA TODOS LOS SUJETOS OBLIGADOS ENUMERADOS EN EL ARTICULO 20 DE LA LEY Nº 25.246 Y SUS MODIFICATORIAS. CONGELAMIENTO ADMINISTRATIVO DE ACTIVOS VINCULADOS A LAS ACCIONES DELICTIVAS PREVISTAS EN EL ARTICULO 306 DEL CODIGO PENAL DE LA NACION. COOPERACION INTERNACIONAL. AUXILIO DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD. MODIFICACION DE LA RESOLUCION UIF Nº 125/09.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 14 DE LA RESOLUCION 29/2013 DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, B.O. 18/02/2013, PAGINA 7. VIGENCIA: VER ARTICULO 15 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.
Esta norma modifica o complementa a 7 norma(s).