Disposición E
4599/2017
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
08-ago-2017
Publicada en el Boletín Oficial del 17-ago-2017 Número: 33690 Página: 35
Resumen:
ESTIPULASE QUE SE PODRA CONCEDER RESIDENCIA TRANSITORIA ESPECIAL A TENOR DE LO NORMADO POR EL ARTICULO 24, INCISO H) DE LA LEY Nº 25.871 Y DEL DECRETO Nº 616/2010, POR EL TERMINO DE HASTA UN (1) AÑO, A AQUELLOS EXTRANJEROS QUE INGRESEN AL TERRITORIO NACIONAL CON EL OBJETO DE DIRIGIRSE AL SECTOR ANTARTICO ARGENTINO, EN LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, EN EL MARCO DE LAS ACTIVIDADES PREVISTAS EN EL TRATADO ANTARTICO DEL 1° DE DICIEMBRE DE 1959, LA CONVENCION SOBRE PROTECCION DE LOS RECURSOS VIVOS MARINOS ANTARTICOS DEL 20 DE MAYO DE 1980 Y EL PROTOCOLO AL TRATADO ANTARTICO SOBRE PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE DEL 4 DE OCTUBRE DE 1991, EN LOS CUALES LA REPUBLICA ARGENTINA ES PARTE.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.