Disposición
3763/2020
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
28-nov-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 30-nov-2020 Número: 34531 Página: 71
Resumen:
HABILITASE, EN FORMA EXCEPCIONAL, AL AEROPUERTO INTERNACIONAL MINISTRO PISTARINI DE LA LOCALIDAD DE EZEIZA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, AL AEROPUERTO INTERNACIONAL SAN FERNANDO DE LA LOCALIDAD DE SAN FERNANDO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, AL PUERTO DE BUENOS AIRES (TERMINAL BUQUEBUS) DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y A LOS PASOS FRONTERIZOS INTERNACIONALES PASO DE LOS LIBRES – URUGUAYANA, PROVINCIA DE CORRIENTES; SISTEMA CRISTO REDENTOR, PROVINCIA DE MENDOZA; SAN SEBASTIAN, PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR; GUALEGUAYCHU - FRAY BENTOS, PROVINCIA DE ENTRE RIOS, PARA EL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL DE LOS EXTRANJEROS NO RESIDENTES QUE SEAN PARIENTES DIRECTOS DE CIUDADANOS ARGENTINOS, Y QUE INGRESEN TRANSITORIAMENTE A NUESTRO PAIS POR RAZONES DE NECESIDAD, Y NO REQUIERAN VISADO EN VIRTUD DE ACUERDOS BILATERALES O MEDIDAS UNILATERALES QUE EXIMAN DE DICHO REQUISITO, SIEMPRE QUE LAS PERSONAS EXTRANJERAS AUTORIZADAS DEN CUMPLIMIENTO A LAS RECOMENDACIONES E INSTRUCCIONES DISPUESTAS POR LA AUTORIDAD SANITARIA NACIONAL.
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